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Michavila espera que antes de terminar abril se "desconcentren" de la SER las emisoras de Antena 3

El ministro de Justicia ha intentado exculpar al Gobierno del retraso de cuatro años en la ejecución de la sentencia del antenicidio y acusó al diario El Mundo de dar una información errónea. Michavila, que cometió errores al explicar los tiempos del proceso, también desvió responsabilidades hacia el Tribunal Supremo. Este tribunal ha exigido tres veces al Gobierno que ejecute de inmediato la sentencia, que ya se encargaría él de los detalles posteriores. 

(Libertad Digital) El ministro de Justicia, José María Michavila, fue preguntado en La Mañana de la Cadena COPE sobre si el Gobierno en funciones iba a ejecutar, tal y como le ha reclamado por tercera vez el Tribunal Supremo, la sentencia que obliga a desconcentrar de la Cadena SER las emisoras de Antena 3.
 
En primer lugar, Michavila dijo que la información que publicó el periódico El Mundo era errónea y criticó que este diario no se hubiese puesto en contacto con el Ministerio de Justicia y el de Economía para elaborar la información. El Mundo, como también Libertad Digital, informaron el martes de que el TS reprochó a la Abogacía del Estado, –que depende de José María Michavila–, que hubiera presentado tres incidentes de ejecución de sentencia y una petición de archivo del expediente para dar por concluido el caso. El ministro en funciones dijo que el Servicio de Defensa de la Competencia iba a enviar este jueves una carta al diario de Pedro J. Ramírez para que rectifique.
 
Michavila también afirmó que el recurso de Prisa al Constitucional demoró "un par de años" (cuando fueron once meses) la aplicación de la sentencia. Aseguró que "al cabo de un mes" de que el TC rechazara el recurso, el Consejo de Ministro "adoptó la decisión de desconcentración y así se hizo en el mes de noviembre de 2001". Conviene recordar que la sentencia del Constitucional fue el 26 de abril y el Gobierno, no se sabe por qué, no actuó hasta el 2 de noviembre del mismo año 2001.
 
"El acuerdo fue trasladado al Servicio de Defensa de la Competencia –siguió Michavila– y es el propio TS quien dice que a él le corresponde impulsar la ejecución de la sentencia, dirigiendo al Servicio de Defensa de la Competencia". Por ello, Michavila afirmó que "la demora en la ejecución de la sentencia no corresponde al Servicio de Defensa de la Competencia".
 
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Además, aseguró que "la Abogacía del Estado ha trabajado activamente" para que se ejecute la desconcentración. "La sentencia lo que dice no que se le quiten la emisora a Polanco sino que se desconcentren", señaló el ministro, para afirmar después que "se va hacer la evaluación en términos económicos" de la desconcentración.
 
Textual de la sentencia del Supremo a la que se refería el diputado popular: "Debemos resolver mediante este auto un nuevo incidente de ejecución de sentencia, tercero de los que con igual carácter han sido promovidos en el presente proceso, mediante el cual el Abogado del Estado pretende que dictemos el auto que corresponda por el que se determine 'si se ha dado cumplimiento y llevado a puro y debido efecto lo dispuesto en la Sentencia de dicho Tribunal de 9 de junio de 2000 y procede, por tanto, archivar el correspondiente expediente de vigilancia tramitado por el Servicio de Defensa de la Competencia'".
 
Para Michavila, "lo que dijo el Tribunal Supremo el 18 de febrero no es exactamente como lo dijo El Mundo" y añadió que "lo va a aclarar el Servicio de Defensa de la Competencia". En este sentido, explicó que "la desconcentración que ha exigido el Servicio de Defensa de la Competencia, que es el organismo técnico que puede exigirla tutelado por el TS, es la que ahora se tiene que evaluar y yo espero que antes de que finalice el mes de abril esa desconcentración se haya realizado".

Nuevamente hay que remitirse al auto en cuestión en el que el Alto Tribunal se ve en obligación de recordar al Gobierno que el Supremo no puede sustituir a la Dirección General de Defensa de la Competencia "en el análisis inicial de si unas determinadas actuaciones de las partes cumplen o no cumplen las condiciones que la propia Dirección General les ha impuesto". Incluso el Supremo precisa que al pedir la ejecución de la sentencia no se está solicitando al Gobierno que mida "los efectos civiles de la resolución de aquellos negocios jurídicos entre las partes que lo pactaron".

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