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De Parga cree que el Plan Ibarretxe contenía ya suficientes violaciones como para impugnarlo

Según el auto hecho público este martes, el Tribunal Constitucional  inadmitió a trámite la impugnación del Gobierno al plan separatista del lehendakari Ibarretxe, porque se encuentra en trámite parlamentario y aún no es "una resolución, disposición o acto" integrado en ordenamiento jurídico. El auto incluye, sin embargo, tres votos particulares discrepantes, uno de ellos, el del presidente Manuel Jiménez de Parga que apoya la impugnación del anterior Gobierno.

L D (EFE) En un auto hecho público este martes, el Tribunal Constitucional explica que si pudieran declararse antijurídicos no sólo normas, sino "simples proyectos de normas" o la "sola intención de producir normas" sería imposible acometer reformas.

Junto al auto se incorpora el voto particular discrepante del presidente del TC, Manuel Jiménez de Parga, que expone que debió admitirse a trámite la impugnación del Gobierno y paralizar el Plan Ibarretxe.

El Gobierno impugnó ante el TC los acuerdos del Ejecutivo y de la Mesa del Parlamento vascos que iniciaron la tramitación del "Plan Ibarretxe" y pidió su suspensión de forma inmediata, al entender que vulneran en más de cien ocasiones la Constitución, el Estatuto de Autonomía del País Vasco y el Reglamento del Parlamento vasco.

El Constitucional recuerda que sólo las resoluciones o disposiciones "pueden, después, ser calificadas de infracciones constitucionales, pues el simple enunciado de una proposición contraria a la Constitución no constituye objeto de enjuiciamiento por este Tribunal".

En este sentido, explica que "la sola admisión de la impugnación produce irremisiblemente la suspensión del debate intentado, razón suficiente para extremar el rigor en el trámite de admisión, rechazando impugnaciones que, como es el caso, desnaturalizarían irremediablemente, de prosperar, los principios fundamentales de la democracia parlamentaria". Señala el TC que el acuerdo del Ejecutivo vasco no tiene otro efecto que "el de dar inicio a un debate parlamentario", por lo que establece que no puede anticiparse "ningún resultado normativo y, en consecuencia, todo posible juicio es, inevitablemente, prematuro".

Respecto al acuerdo de la Mesa explica que es un acto de tramitación del "Plan Ibarretxe" y que sus efectos se ciñen al procedimiento parlamentario "careciendo, por tanto, fuera de ese ámbito de relevancia alguna".

Tres votos particulares discrepantes

En el voto particular discrepante, Manuel Jiménez de Parga mantiene sin embargo que el Plan contiene "numerosas violaciones de la Constitución española, tan evidentes (...) que no hay que esperar para apreciarlas a que finalice el recorrido de un largo proceso en el que puedan introducirse retoques o cambios". Mantiene que "no todo puede discutirse libremente en un debate parlamentario en la Cámara vasca" porque, opina que "autonomía no es soberanía".

De Parga estima que el Plan implica "una reforma de la Constitución" utilizando un "falso camino" o "atajo prohibido" por lo que, expone, que lo procedente es "paralizarla" admitiendo la impugnación que efectuó el anterior Gobierno.

En otro voto particular también discrepante, Pablo Cachón señala que el documento de la Propuesta de Reforma "desconoce los límites impuestos por la Constitución y el bloque de la Constitucionalidad". Entiende que el acuerdo de la Mesa del Parlamento "parece no haber considerado ni las limitaciones constitucionales de todo Estatuto, ni el hecho de que una iniciativa de reforma estatutaria exige una legitimación y un procedimiento diferente del de una reforma constitucional", por lo que concluye que debió ser admitida a trámite la impugnación.

El tercer voto está firmado por los magistrados Guillermo Jiménez, Roberto García-Calvo y Jorge Rodríguez-Zapata en el que exponen que los acuerdos impugnados deben considerarse como resoluciones y por tanto pueden ser impugnadas ante el TC. Recuerdan que el Constitucional "cuenta con numerosos precedentes de impugnaciones de acuerdos de calificación de iniciativas parlamentarias autonómicas" que han venido "siendo objeto de fiscalización por este tribunal a través de un proceso como el de amparo".

Opinan que el acuerdo del Gobierno es "una decisión política" que produce "efectos jurídicos externos al órgano que lo acuerda". El Gobierno alegó en su impugnación que el Plan Ibarretxe pretende mutilar el principio básico de la soberanía en el que descansa toda la Constitución, sus valores y sus instituciones y destacó que el Consejo de Gobierno vasco podía legítimamente haber iniciado una reforma del Estatuto de Autonomía del País Vasco.

 

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