L D (EFE) El Valencia pedía que el CEDD suspendiese, de forma cautelar, los acuerdos de Apelación sobre Figo y Varela, al que se le retiraba una amonestación, y Benjamín Zarandona, al que se le concedió la suspensión cautelar de la sanción de dos partidos.
En su fallo, el comité destaca que "resulta muy problemática la legitimación del recurrente, al ser un club, que si bien es obvio que podría beneficiarse de las medidas que solicita, no tiene un interés legítimo en ellas, ya que no fue el club competidor en ninguno de los dos encuentros en los que se produjeron las incidencias cuya sanción se pretende".
EL CEDD considera que "sólo cabe reconocer un interés legítimo al directamente perjudicado por la presunta infracción" y que "las tres peticiones" del Valencia suponen "no tanto la suspensión de ejecución de sanciones, como medida cautelar, sino la imposición anticipada de sanciones no impuestas en la vía federativa, lo que supondría una medida cautelar positiva que resulta imposible conceder".
En su fallo, el comité destaca que "resulta muy problemática la legitimación del recurrente, al ser un club, que si bien es obvio que podría beneficiarse de las medidas que solicita, no tiene un interés legítimo en ellas, ya que no fue el club competidor en ninguno de los dos encuentros en los que se produjeron las incidencias cuya sanción se pretende".
EL CEDD considera que "sólo cabe reconocer un interés legítimo al directamente perjudicado por la presunta infracción" y que "las tres peticiones" del Valencia suponen "no tanto la suspensión de ejecución de sanciones, como medida cautelar, sino la imposición anticipada de sanciones no impuestas en la vía federativa, lo que supondría una medida cautelar positiva que resulta imposible conceder".