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El CGPJ critica en otro informe la ley contra la violencia doméstica por ineficaz e inconstitucional

La comisión de estudios del Consejo General del Poder Judicial aprobó este lunes un crítico informe sobre el anteproyecto de la ley integral contra la violencia sobre las mujeres en el que se cuestiona su eficacia y su constitucionalidad y se denuncia que no proteja al resto de las víctimas de la violencia doméstica.

L D (EFE) El nuevo informe del CGPJ, aprobado por los tres votos de los vocales conservadores -Adolfo Prego, José Luis Requero y Javier Laorden- frente a los dos de los progresistas -Montserrat Comas y Luis Aguiar-, que emitieron un voto particular, considera que una ley que se denomina "integral" debería proteger también a las mujeres a los menores, a los ancianos e incluso a los hombres.

El pleno del Consejo estudiará el jueves este informe para remitirlo al Gobierno, que ya ha anunciado que aprobará el proyecto de ley en el Consejo de Ministros del viernes incorporando las sugerencias que mejoren el texto. El informe aprobado ha sido redactado por Requero, quien recibió el encargo después de que la comisión de estudios rechazara la semana pasada el informe de Montserrat Comas, que avalaba la norma a pesar de proponer varias modificaciones.

Las amenazas serán delitos

Este segundo informe cuestiona la constitucionalidad de que pasen a ser delitos las amenazas y coacciones leves sólo cuando el ofendido sea mujer y el agresor hombre y se opone a la creación de juzgados específicos para un sexo, como no pueden crearse por razones de raza, ideología o creencias.

En opinión del CGPJ, el anteproyecto, al definir delitos en función del sexo, establece un "derecho penal de autor", "voluntarista, con predominio no tanto lo normativo, como lo que se ha dado en llamar 'el sano sentir del pueblo'", unas concepciones "propias de la Escuela de Kiel, de tan triste recuerdo en la Alemania de los años treinta". Además, con los juzgados especiales para la violencia sobre las mujeres, se crea una jurisdicción específica, "algo propio del Antiguo Régimen y afortunadamente superado ya a lo largo del siglo XIX".

El CGPJ reconoce que "la gravedad del fenómeno de la violencia doméstica en general, especialmente intenso en el caso de las mujeres", exige una reacción enérgica del Estado de Derecho, pero no considera acertado que una ley integral regule sólo la violencia sobre la mujer y no abarque todos los ámbitos en los que se manifiesta.

Negar la violencia sobre las mujeres como problema social

Este argumento, según denuncian los vocales Montserrat Comas y Luis Aguiar en su voto particular, supone no aceptar que existe la "cultura machista o sexista" y negar que "históricamente las relaciones de dominio que se han ejercido en el seno de la familia las han ejercido los hombres contra las mujeres". Afirmar como hace el informe que la violencia sobre niños y ancianos puede ser más grave si cabe que contra las mujeres porque su capacidad de defensa y denuncia es menor, supone para estos vocales "negar la historia misma, negar que la violencia como problema social es violencia de género, es decir, de hombre contra mujeres, fruto de las relaciones de dominio y posesión".

A su juicio, la violencia doméstica sobre menores o ancianos o de mujeres contra hombres "es un problema individualizado que tiene su respuesta en el ordenamiento jurídico", por lo que no quedan desprotegidos. La mayoría del CGPJ ha rechazado sin embargo esta tesis y considera en el informe que, "al margen del dato puramente estadístico", no hay razones para que la tutela penal y judicial se oriente exclusivamente a la mujer.

Según el informe, que rechaza que la consideración de la violencia sobre la mujer pueda basarse en la intencionalidad del agresor, "la llamada discriminación positiva llevada al ámbito penal y judicial conduce a la censurable discriminación negativa".

Juzgados especiales

Respecto a la creación de juzgados especiales para la violencia sobre las mujeres, el Consejo apuesta por especializar en violencia doméstica a los juzgados ya existentes y rechaza la posibilidad de establecer una jurisdicción específica para las mujeres. Según advierte, insertar esos juzgados en el orden penal llevaría además a "criminalizar" las causas civiles que se les atribuye -como separaciones y divorcios- y a potenciar el riesgo de que sean instrumentalizados.

En el voto particular sin embargo se defienden estos juzgados del mismo modo que los hay para la familia, los menores o la vigilancia penitenciaria al considerar que no se trata de un orden jurisdiccional nuevo, sino de una especialización dentro del orden penal por una "especial necesidad social".

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