LD (EFE) El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes, en su primera reunión tras las vacaciones, el Real Decreto-Ley que traslada a la legislación española la Directiva europea sobre Comercio de Emisiones, que constituye el "armazón jurídico" del Plan Nacional de Asignación de Derechos de Emisión.
El Real Decreto-Ley, que deberá ser convalidado por el Parlamento, establece los trámites para que las empresas soliciten los derechos de emisión y fija las sanciones en caso de que contaminen más de lo autorizado.
Las empresas deberán solicitar antes del 30 de septiembre a las Comunidades Autónomas la preceptiva autorización para emitir. En paralelo y antes de la misma fecha, cada instalación tendrá que solicitar derechos de emisión a la Administración central, que decidirá antes de final de año el volumen asignado. Las instalaciones que cometan infracciones muy graves podrán recibir multas de hasta 2 millones de euros y ser cerradas por un periodo máximos de dos años.
El plan cuantifica los derechos de emisión de cada uno de los sectores incluidos en la Directiva: generación eléctrica, refino de petróleo, siderurgia, cemento y cal, industria cerámica, vidrio y papel. Además, incluye medidas para reducir las emisiones en los sectores no regulados, como el transporte, la edificación o la agricultura. Sin embargo, destaca el hecho de que la aprobación de algunas medidas, como la disminución de la velocidad máxima en las vías urbanas e interurbanas, la imposición de peajes urbanos ligados a la congestión y al impacto ambiental, o actuaciones dirigidas a mejorar la eficiencia energética de los edificios, haya sido pospuesta para el próximo Consejo de Ministros.
El texto, que se remitió a la Comisión Europea (CE) a principios de agosto, persigue que las emisiones en el periodo 2008-2012 no aumenten más de un 24 por ciento respecto a las de 1990. España se había comprometido a que sus emisiones contaminantes no crecieran más del 15 por ciento, por lo que la diferencia se compensará con los llamados mecanismos de flexibilidad.
El Real Decreto-Ley, que deberá ser convalidado por el Parlamento, establece los trámites para que las empresas soliciten los derechos de emisión y fija las sanciones en caso de que contaminen más de lo autorizado.
Las empresas deberán solicitar antes del 30 de septiembre a las Comunidades Autónomas la preceptiva autorización para emitir. En paralelo y antes de la misma fecha, cada instalación tendrá que solicitar derechos de emisión a la Administración central, que decidirá antes de final de año el volumen asignado. Las instalaciones que cometan infracciones muy graves podrán recibir multas de hasta 2 millones de euros y ser cerradas por un periodo máximos de dos años.
El plan cuantifica los derechos de emisión de cada uno de los sectores incluidos en la Directiva: generación eléctrica, refino de petróleo, siderurgia, cemento y cal, industria cerámica, vidrio y papel. Además, incluye medidas para reducir las emisiones en los sectores no regulados, como el transporte, la edificación o la agricultura. Sin embargo, destaca el hecho de que la aprobación de algunas medidas, como la disminución de la velocidad máxima en las vías urbanas e interurbanas, la imposición de peajes urbanos ligados a la congestión y al impacto ambiental, o actuaciones dirigidas a mejorar la eficiencia energética de los edificios, haya sido pospuesta para el próximo Consejo de Ministros.
El texto, que se remitió a la Comisión Europea (CE) a principios de agosto, persigue que las emisiones en el periodo 2008-2012 no aumenten más de un 24 por ciento respecto a las de 1990. España se había comprometido a que sus emisiones contaminantes no crecieran más del 15 por ciento, por lo que la diferencia se compensará con los llamados mecanismos de flexibilidad.