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La Audiencia Nacional concluye que los suicidas de Leganés querían borrar pruebas

La Audiencia Nacional afirma que los siete islamistas autores del 11-M que el pasado 3 de abril se suicidaron en Leganés (Madrid) lo hicieron "para destruir los vestigios, pruebas, indicios y piezas de convicción que allí pudieran encontrarse" y para evitar ser detenidos e interrogados.

La Audiencia Nacional afirma que los siete islamistas autores del 11-M que el pasado 3 de abril se suicidaron en Leganés (Madrid) lo hicieron "para destruir los vestigios, pruebas, indicios y piezas de convicción que allí pudieran encontrarse" y para evitar ser detenidos e interrogados.
L D (EFE) Así consta en el auto del pleno de la sala de lo penal de este tribunal en el que se motiva la decisión adoptada el pasado día 22 de acumular la causa abierta a raíz del suicidio colectivo de Leganés, que estaba siendo instruida por la juez Teresa Palacios, al sumario en el que su compañero Juan del Olmo investiga los atentados del pasado 11 de marzo en Madrid.

La resolución, de la que ha sido ponente el presidente de la sala de lo penal, Javier Gómez Bermúdez, explica que los hechos ocurridos en Leganés deben considerarse "delitos conexos" a los investigados en el sumario de Del Olmo, entendiendo aquellos como "los cometidos para procurar la impunidad de otros delitos".

Esa finalidad, según el tribunal, "no puede descartarse en lo que acontece el 3 de abril en Leganés, pues determinadas personas en busca y captura (por orden de Del Olmo) deciden explosionar diversas cargas para destruir los vestigios, pruebas, indicios y piezas de convicción que allí pudieran encontrarse relacionados con los graves hechos del 11 de marzo en Madrid". El auto añade que los terroristas pretendían "incluso poniendo fin a su propia vida, evitar la línea o líneas de investigación que pudieran derivarse de su detención e interrogatorio".

La juez Palacios pretendía retener la causa con el argumento de que se produjeron nuevos delitos como la muerte del miembro de los GEO Francisco Javier Torronteras en la explosión causada por los suicidas, pero la sala considera que "si la intención fundamental hubiera sido causar el mayor número de víctimas entre la Policía, habrían esperado al asalto de la casa para detonar los explosivos".

Así, el pleno concluye que "los graves daños causados y la muerte y lesiones de los policías que se disponían a efectuar la entrada y registro puede encuadrarse en aquella búsqueda de la impunidad, como queda de manifiesto porque las explosiones se producen antes de que la Policía tenga acceso a la vivienda, cuando la entrada es inminente pero aún no se ha producido".

El auto también afirma que la juez Palacios "debió remitir la causa" a su compañero inmediatamente después de los hechos, ya que su intervención autorizando la entrada y registro en el domicilio de la calle Carmen Martín Gaite de Leganés se produjo sólo "por razones de urgencia y en funciones de guardia". Así, aunque la magistrada alegó que, finalmente, no se produjo la entrada en la vivienda y, por tanto, todo lo sucedido con posterioridad es un hecho nuevo que le correspondía investigar a ella, la sala de lo penal dice que "materialmente, el registro sí se produjo, aunque no fuera necesario el uso de la autorización judicial al producirse la explosión".

Por último, la sala explica que ha decidido que Palacios continúe investigando la colocación el 2 de abril en la vía del AVE en Mocejón (Toledo) de una bomba en la que se hallaron huellas de uno de los suicidas, porque Del Olmo no reclamó esta causa y porque en este caso no se aprecia "razón de eficacia, conveniencia o economía procesal" que aconseje su acumulación al sumario del 11-M.

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