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El Supremo vuelve al origen del antenicidio y obliga al TDC a reabrir el expediente contra PRISA

Doce años después de que el grupo PRISA se quedara con Antena 3 Radio para impedir que compitiera con la cadena SER, el Tribunal Supremo retoma el caso desde el origen. Si ya quedó claro que la absorción fue contraria a la Ley, ahora, además, hay que reabrir un expediente contra PRISA que el TDC cerró parcialmente y en el que se investigaba si hubo competencia desleal y abuso de posición dominante. La novedad es que deberá hacerse desde el prisma de la sentencia del Supremo (9 de junio de 2000) que invocaba el restablecimiento del pluralismo informativo.

(Libertad Digital) La historia del antenicidio vuelve a dar la razón a los demandantes. Pese a que hace ya 12 años desde que PRISA unió a la cadena SER las emisoras de Antena 3 Radio cuando esta era líder de audiencia, una vez más una resolución judicial deja claro que sobre lo ocurrido en el conocido como antenicidio no hay posibilidad de pasar página.
 
La historia de este nuevo varapalo a PRISA comienza en 1997. Es entonces cuando el Tribunal de Defensa de la Competencia, decidió sobreseer parcialmente el expediente contra el imperio de Polanco que debía investigar posibles conductas de falseamiento de la libre competencia por actos desleales y abuso de posición dominante.
 
Los demandantes, entre los que se encuentran Federico Jiménez Losantos, Pedro J. Ramírez, Luis Herrero, Manuel Martín Ferrand, José María García y Melchor Miralles, habían presentado una denuncia ante el Servicio de Defensa de la Competencia explicando que desde que en 1992, PRISA absorbió a Antena 3 Radio, la libre competencia había quedado herida de muerte. El proceso era bien sencillo. Partiendo de una posición de claro dominio tras la absorción –la radiofórmula en España se convirtió casi en una exclusiva de la cadena SER al quedarse con M-80–, PRISA empezó también a quedarse con la gestión publicitaria y comercial de Antena 3 hasta absorberla por completo.
 
Pero Defensa de la Competencia decidió sobreseer precisamente la parte del expediente que era fundamental: el abuso de posición dominante y las prácticas de competencia desleal antes mencionadas. Es decir, el TDC cerraba en falso una de las cuestiones clave del antenicidio. Lógicamente los demandantes recurrieron esta decisión ante la Audiencia Nacional consiguiendo en septiembre de 2000 que se les diera la razón. Pero PRISA interpuso un recurso de casación calificado por la defensa como "absurda y descabellada". Querían casar una resolución (la del TDC) con otra que la revoca (la de la Audiencia Nacional)
 
Ahora, el 18 de mayo de 2004, doce años después de que la cadena SER hiciera desaparecer a Antena 3 Radio, la Justicia vuelve a dictar una resolución que recuerda que toda la operación contravino la legalidad, la libre competencia y el pluralismo informativo. Si el Supremo tuvo que recordarle al gobierno del PP que nada le impedía ejecutar la sentencia, ahora rechaza el archivo del expediente que pedían los demandantes. Esta nueva victoria sobre el antenicidio significa, ni más ni menos, que según el Alto Tribunal, sí cabe investigar a fondo la forma en la que PRISA se quedó también con la exclusividad publicitaria y comercial de Antena 3 gracias a un casi monopolio radiofónico, fruto de la concentración que avaló el Consejo de Ministros de Felipe González en 1994.

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