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INTRODUJO EN ESPAÑA 10 TONELADAS DE COCAÍNA Y SE FUGÓ

Anulada por el Supremo la sanción del CGPJ contra los tres jueces del caso "Narco volador"

El Tribunal Supremo ha anulado las sanciones de suspensión impuestas por el CGPJ a los tres magistrados de la Audiencia Nacional que en diciembre de 2001 excarcelaron al narcotraficante Carlos Ruiz Santamaría, "El Negro", que se dio a la fuga. El Tribunal considera que el Consejo se excedió en su medida disciplinaria. "El Negro" pagó cinco millones de pesetas por su libertad bajo fianza con la acusación de haber introducido en España 10 toneladas de cocaína. Nunca volvió.

(Europa Press) El Consejo General del Poder Judicial expresó hoy su "pleno respeto y acatamiento" de la sentencia del Tribunal Supremo que anula las sanciones de suspensión temporal de funciones que el CGPJ impuso, en julio de 2002, a los tres magistrados que integraban entonces la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional, por la excarcelación del narcotraficante fugado Carlos Ruiz Santamaría, alias "El Negro".
 
Así lo expresó este miércoles el portavoz del Consejo, Enrique López, que destacó que el CGPJ deberá leer detenidamente la sentencia para incorporar sus criterios a partir de ahora a la labor disciplinaria que tienen encomendada respecto a los jueces. López dijo que el CGPJ no se siente desautorizado "en absoluto" por la sentencia del Supremo, ya que sus decisiones en materia disciplinaria están sometidas al control jurisdiccional, lo que supone uno de los grandes principios del Estado de Derecho.
 
Agregó que el acatamiento debe ser mayor aún en este caso, cuando la decisión corregida fue emitida por el propio CGPJ. El portavoz del Consejo destacó que, como consecuencia de la sentencia, los magistrados Carlos Cezón, Juan José López Ortega y Carlos Ollero (suspendidos siete meses el primero, y seis meses los otros dos, por este caso) deberán percibir las remuneraciones que dejaron de cobrar con motivo de la suspensión de funciones.
 
De los tres, sólo Ollero permanece en la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, ya que López Ortega y Cezón pidieron traslado a la Audiencia de Madrid antes de que se conociera la decisión final del CGPJ y mientras estaban suspendidos cautelarmente de funciones.

La decisión del Supremo fue adoptada por el Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo por 17 votos a favor y 9 en contra. El Supremo estimó los recursos de los tres magistrados suspendidos al considerar que el CGPJ se excedió en su labor disciplinaria y se inmiscuyó en decisiones jurisdiccionales de los magistrados. Dentro de los magistrados que quedaron en minoría, es decir, que apoyaban las decisiones del CGPJ, es seguro que redactará un voto particular a la sentencia Juan José González Rivas, que era ponente de los dos recursos de los magistrados pero que no vió respaldadas sus tesis. El resto podrán adherirse a este voto o redactar los suyos propios.
 
Por su parte, la posición mayoritaria fue defendida por el magistrado Pablo Lucas, a quien apoyaron otros 16 miembros de la Sala, entre ellos el nuevo presidente, Ramón Trillo. Fuentes oficiales del Supremo se limitaron a adelantar el fallo y señalaron que cuando la sentencia esté terminada de redactar se dará a conocer públicamente.

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