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DOCUMENTO 1: Carta de Luis López Guerra a los funcionarios de Justicia

El Secretario de Estado de Justicia, Luis López Guerra, envió una nota a los funcionarios vía la intranet del ministerio, en la que respondía a alguna de las informaciones vertidas por los sindicatos. Las centrales CCOO y CSI-CSIF respondieron a su vez con una carta abierta a López Guerra, en la que entre otras cosas desmentía la afirmación de éste de que el acuerdo de octubre de 2003 no estaba firmado. A continuación reproducimos el texto de la circular de López Guerra.

Carta del Secretario de Estado de Justicia, Luis López Guerra, a los funcionarios de Justicia por la intranet del Ministerio:

Madrid, 18 de febrero de 2005

Estimado/a funcionario/a:
 
La ruptura de las negociaciones entre el Ministerio de Justicia y alguno de los Sindicatos más representativos sobre el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional ha provocado la situación de conflictividad que sin duda Vd. conoce.
 
Con esta carta quisiera informarle personalmente sobre los acontecimientos que, desde nuestra perspectiva, han provocado dicha situación, para que Vd. Pueda valorarla objetivamente, y en contraste con otras informaciones que haya podido recibir. Pretendo, de este modo, que los ciudadanos en general y los funcionarios de la Administración de Justicia en particular conozcan con transparencia las posiciones mantenidas desde este Ministerio.
 
Por ello le informo, en primer lugar, de que en la Intranet del Ministerio de Justicia se van a recoger todas las Actas suscritas y no suscritas por el Gobierno anterior y los Sindicatos más representativos. De esta manera Vd. podrá comprobar directamente si el Ministerio de Justicia incumple los acuerdos que se alcanzaron, como denuncian los Sindicatos, o si, por el contrario, no se ha producido ningún incumplimiento de acuerdos reales, como mantiene este Ministerio. En dicha intranet se van a publicar también las reivindicaciones sindicales en la negociación del Reglamento de Ingreso, así como las contrapartidas ministeriales.
 
El conflicto se originó en el curso de la negociación sobre el Reglamento de Ingreso arriba mencionado. Frente a las trece reivindicaciones sindicales, el Ministerio efectuó nueve contrapropuestas muy relevantes. De hecho, pese al desacuerdo en las negociaciones, esas contrapropuestas han sido ya incluidas en el proyecto de Reglamento, constatándose así que por nuestra parte no hubo ninguna “intransigencia”, sino un decidido esfuerzo de negociación leal. Así y todo, para una parte de la representación sindical, las nueve contrapropuestas realizadas por el Ministerio resultaron insuficientes, y exigieron que se reuniera inmediatamente la Mesa de Retribuciones, subrayando que si no se aceptaban de plano los acuerdos suscritos, según ellos, con el Gobierno anterior, comenzarían de inmediato las movilizaciones sindicales.
 
A la vista de ello, quisiera informarle de las negociaciones que mantuvieron los sindicatos con el Gobierno anterior, los acuerdos realmente alcanzados, y la posición al respecto de este Ministerio, para que pueda Vd. valorar adecuadamente las vías de solución del conflicto.
 
Los compromisos más relevantes, que tienen influencia sobre la negociación de las retribuciones de 2005, y la posición que al respecto ha adoptado este Ministerio son los siguientes:
a.        Acuerdo de 27-11-2002, en el que se convino, el abono de 180 euros trimestrales para cada funcionario desde el primero de enero de 2003, por “ayudar a la aplicación de la Carta de Derechos de los Ciudadanos, utilizar medios informáticos y ser más colaboradores en el centro de trabajo”. Este acuerdo fue actualizado por el celebrado el 12-03-2004, en el que se conviene la percepción de 183,6 euros trimestrales por la realización de programas genéricos (apoyar el despliegue de la Carta de Derechos de los Ciudadanos; la aplicación de nuevas tecnologías en la Administración de Justicia y mayor implicación y apoyo de los funcionarios en su lugar de trabajo) pactándose que dicha cantidad se incorporará al complemento específico. Pues bien, y como Vd. sabe, el Ministerio le ha abonado los 183,6 euros trimestrales desde el 28-04-2003 (aunque no se había presupuestado por el equipo anterior), además con una periodicidad mensual. Este importe se le ha incluido igualmente para las nóminas correspondientes al Ejercicio 2005 actualizándose en un 2% hasta un total de 187,26 euros trimestrales.
 
b.        Acuerdo de 24-02-2003 (BOE de 17-05-2003, Resolución de 9.05.2003), cuyas aportaciones más importantes son las siguientes:
1. Se pacta que el complemento general de puesto se determine mediante Real Decreto, en el que se identificarán los distintos
puestos de trabajo, estableciéndose que dicho complemento incorporará todos los conceptos retributivos fijos.
2. Se pacta el aumento para el año 2004 (4,7% sobre masa salarial con efectos de 1-01-2004, abonándose dos puntos de este incremento con efectos de 28-04-2003).
A este respecto, debe subrayarse que el Ministerio de Justicia tramitó positivamente, pese a las dificultades expuestas por el Ministerio de Hacienda y las Comunidades Autónomas (ya que no estaba presupuestado ni lo había convenido con ellas) el Real Decreto de retribuciones de 2004, cuyo coste real supera ampliamente el 4,7% de la masa salarial, pactado entre el gobierno anterior y los sindicatos, habiendo alcanzado realmente el 6,04% de la masa salarial (RD 1714/2004, de 23 de julio, BOE de 12-08-2004).
 
c.        Acuerdo de 31-10-2003, en el que se conviene un incremento de 428 euros anuales consolidables para todos los funcionarios como consecuencia de la implantación de las RPT, publicándose dicho Acuerdo en el BOE de 15-04-2004 mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Justicia de 9-03-2004. Con relación a este punto, este Ministerio no se ha negado nunca a abonar los 428 euros anuales citados más arriba, a partir de la fecha convenida, que es el 15-04-2005, pudiendo afirmarse, por tanto, que en ningún caso ha existido incumplimiento al respecto por parte de este Ministerio. Antes bien, el abono de este complemento es un compromiso asumido en la negociación, que este Ministerio está decidido a respetar.
 
d.         El 31-10-2003 se formaliza una nueva Acta, que no está firmada, en la que el Secretario de Estado anterior se comprometió a “proponer” la dotación en sus presupuestos de un 6% de masa salarial para la elaboración de las futuras RPT. Los Sindicatos sostienen que se pactó, asimismo, que el 2% del aumento antes dicho se abonaría linealmente a cada funcionario; afirman también que se convino un aumento lineal del 1, 5% de la masa salarial en el complemento general del puesto de trabajo y un 2% de productividad. Este Ministerio estima que no cabe considerar en modo alguno que de tal Acta puedan derivarse obligaciones vinculantes para el Gobierno y la Administración. No solamente dichos supuestos acuerdos no están firmados, sino que, significativamente, el 15 de abril de 2004 se publica en el BOE la resolución del Secretario de Estado de Justicia anterior, de 9-03-2004, en la que se hace público el Acuerdo de la Mesa de Retribuciones de 31-10-2003, y en este Acuerdo se garantiza exclusivamente la consolidación de 428 euros anuales en el complemento específico a partir del 15-04-2005; y (pese a las afirmaciones efectuadas por los Sindicatos) no se mencionan en forma alguna aumentos porcentuales del complemento general de puesto de trabajo, del complemento específico y de la productividad.
 
e.        Finalmente, hay nuevas Actas del 16 y el 23-12-2003, de reuniones en las que se debatió sobre reparto lineal o proporcional de las retribuciones transitorias de 2004, sin que se llegara a ningún acuerdo. Puede confirmarse, por todo lo expuesto, que los únicos acuerdos retributivos reales, suscritos por el equipo anterior, son los relativos al 4,7% de aumento de masa salarial para el año 2004 y las cantidades a incorporar en el complemento específico, citadas anteriormente (es decir, 183,6 € trimestrales, y 428 € anuales) que arrojan una cuantía mensual lineal de 98,09 euros para cada funcionario. En cuanto al primero, ya se señaló que se ha cumplido, como también respecto a los 183,6 euros trimestrales; en lo que afecta a los 428 euros anuales le informo que el Ministerio los abonará, en su territorio, a partir del 15 de abril próximo. Dicho compromiso se notificó en reunión celebrada el día 14 de febrero a los sindicatos que rompieron las negociaciones, reunión convocada para programar un calendario de mesas sectoriales de negociación, comprometiéndose el Ministerio a tratar sobre las retribuciones, los reglamentos orgánicos pendientes, la jornada, el horario e incluso el desarrollo de las relaciones sindicatos – Ministerio.
 
En la misma reunión el Ministerio manifestó expresamente su disposición a proponer en la Mesa de retribuciones un aumento de 3,5 puntos proporcionales sobre la masa salarial para retribuir el complemento específico de los puestos de trabajo genéricos, en el marco de la negociación de las RPT, comprometiéndose asimismo a aumentar sustancialmente el complemento específico de los puestos de trabajo singularizados en la cuantía que resulte de la negociación de las RPT, y un 2% más de productividad, anticipando nuestra disposición a discutir en la mesa de retribuciones tanto el porcentaje de proporcionalidad cuanto el período en que se abonarían dichas retribuciones, proponiéndose de partida un abono entre el 1 de enero de 2006 y el 1 d enero de 2007.
 
Así pues, en estos momentos la oferta del Ministerio de Justicia es la siguiente:
 
Actuación o media con repercusión económica. Porcentaje de masa salarial
Real Decreto 1714/2004: 6,04%
Abono 183,60 euros / trimestre con cargo a Planes Concretos: 4,51%
Abono 428 euros anuales lineales por funcionario: 2,35%
Inclusión en el Complemento específico del 3,5 % de masa salarial (Puestos Genéricos): 3,50%
Complemento de productividad: 2,00%
TOTALES: 18,40%
 
Es importante señalar, que a esta oferta se ha de sumar además el compromiso expreso del Ministerio para incrementar sustancialmente el complemento específico de los puestos de trabajo singularizados y jefaturas resultantes de la nueva Relación de Puestos de Trabajo que se negocie en su momento.
 
Las representaciones sindicales exigieron para desbloquear la negociación que se abonara un 1.5% de la masa salarial para el complemento general de puesto de trabajo, a pesar de tener pleno conocimiento que dicha alternativa se descartó por acuerdo unánime de la Conferencia Sectorial de 27 de noviembre de 2004, reclamando asimismo que los 428 euros anuales se abonaran también por las Comunidades Autónomas con competencias transferidas, a sabiendas de que este Ministerio no tiene instrumentos jurídicos para imponer esta última exigencia. Pese a ello, el Ministerio se comprometió a proponer a las Comunidades Autónomas que se reconsideraran ambas reclamaciones en la próxima Conferencia Sectorial, acordándose la convocatoria de la Mesa de retribuciones en el momento en que se tuviera respuesta de las Comunidades Autónomas.
 
Sin embargo, en la misma tarde del día 14, y sin que mediara contacto alguno con este Ministerio, CCOO y CSIF anunciaron preaviso de huelga para los días 24 de febrero y 10 de marzo, lo que constituye a nuestro juicio una ruptura unilateral de las negociaciones actuales, sin que exista causa alguna que lo justifique, y poniendo en serio peligro la culminación del proceso negociador.
 
Teniendo en cuenta lo expuesto, le informo que el Ministerio ha tenido y tiene la intención de continuar negociando con la mejor disposición en justicia y amplitud de miras con los sindicatos dispuestos a negociar lealmente el nuevo sistema de
retribuciones previsto en la LOPJ, pues es consciente de que la implantación de la nueva oficina judicial solo será posible con funcionarios motivados y bien retribuidos, y porque solo así podrá exigirles el mejor servicio para la Administración de Justicia.
 
A la vista de todo ello, este Ministerio reitera que no sólo no ha incumplido ningún acuerdo real, sino que, por el contrario, su compromiso ha sido y sigue siendo el de buscar un marco negociador que beneficie a los funcionarios, sin olvidar al mismo tiempo a los ciudadanos, que merecen el mejor servicio público de la Administración de Justicia.
 
Ese servicio público de calidad para los ciudadanos debe ser siempre la razón de ser de nuestra tarea, en la que la intervención de los funcionarios de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia es fundamental e insustituible.
 
Esperando que las líneas anteriores hayan servido para clarificar la posición del Ministerio en este tema y solicitando de Vd. que siga desempeñando su labor, como siempre ha hecho, con la vista puesta en el interés del ciudadano, reciba un afectuoso saludo con nuestro mejor deseo de que seamos capaces de culminar satisfactoriamente el ciclo negociador que nos permita afrontar los retos modernizadores y de mejora del servicio público judicial que tenemos planteados.
 
 
EL SECRETARIO DE ESTADO
 
Fdo. Luis López Guerra.

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