Menú
ENTIENDE QUE NO HUBO AGRESIÓN

Competición sanciona a Javi Navarro con cinco partidos de suspensión por su codazo a Arango

El Comité de Competición de la Federación Española de Fútbol (RFEF) ha decidido sancionar con cinco partidos de suspensión a Javi Navarro, defensa del Sevilla, por el codazo que propinó al delantero venezolano del Mallorca, Juan Arango. El comité ha tenido en cuenta como "atenuante" el arrepentimiento espontáneo del jugador. El club hispalense tiene ahora diez días hábiles de plazo para recurrir la sanción.

El Comité de Competición de la Federación Española de Fútbol (RFEF) ha decidido sancionar con cinco partidos de suspensión a Javi Navarro, defensa del Sevilla, por el codazo que propinó al delantero venezolano del Mallorca, Juan Arango. El comité ha tenido en cuenta como "atenuante" el arrepentimiento espontáneo del jugador. El club hispalense tiene ahora diez días hábiles de plazo para recurrir la sanción.

L D (EFE) Competición ha aplicado en este caso el artículo 122.e) de los estatutos federativos, que establece suspensiones de cuatro a doce partidos por "producirse de manera violenta, con ocasión del juego, hacia un adversario, originando consecuencias dañosas o lesivas que sean consideradas como graves, por su propia naturaleza o por la inactividad que pudieran determinar, siempre que no constituya falta de mayor gravedad". Ahora, el Sevilla tiene diez días hábiles de plazo para recurrir la sanción.

La acción que ha motivado la suspensión del defensa del Sevilla se produjo el 20 de marzo, en la vigésima novena jornada de Liga, en el estadio Son Moix, donde el equipo andaluz se impuso por 0-1. Navarro propinó un fuerte codazo a Arango cuando éste, con el balón controlado, intentaba driblarle a la carrera. El jugador venezolano cayó al suelo, inconsciente, sufrió una parada respiratoria y espasmos sobre el césped. Tuvo que ser retirado en camilla y trasladado de urgencia a un hospital de Palma, donde le diagnosticaron traumatismo cráneo-encefálico y facial.

Javi Navarro no fue expulsado por el árbitro del partido, Alfonso Pino Zamorano, que le sancionó con una tarjeta amarilla. El Comité de Competición abrió entonces un expediente al defensa del Sevilla después de que el Mallorca impugnase esa decisión arbitral. En los fundamentos jurídicos de su decisión, el comité señala que "ha de descartarse, tras el detenido examen de la prueba videográfica, que la conducta pueda calificarse por estos hechos como la del agresor, porque agresión es el acto doloso de acometer a otro para causarle daño, desvinculándolo de cualquier otro propósito".

El comité explica que "los hechos que en esta resolución se contemplan tiene su adecuada tipificación en el artículo 122.e) de los estatutos federativos". Javi Navarro, según el comité, desdeñó "el riesgo de lo que era fácil y asequible prever, incurriendo así a un hacer negligente determinante del daño, no querido, pero fácilmente previsible, prevenible y evitable".

En Deportes

    0
    comentarios