Menú

INFORMES SOBRE EL MATRIMONIO HOMOSEXUAL

El pleno del Congreso aprobó finalmente el 21 de abril el proyecto de ley que modifica el Código Civil para extender el derecho a contraer matrimonio a las parejas del mismo sexo y a adoptar, que podría entrar en vigor este verano. El proyecto, que salió adelante con 183 votos a favor, 136 en contra (PP y algunos democristianos de CiU) y 6 abstenciones, ha contado con diversos informes que se han opuesto a él.

CONSEJO DE ESTADO: Respondiendo a la consulta del Ejecutivo, el Consejo de Estado planteó varias dudas sobre la regulación jurídica del Gobierno para los matrimonios entre homosexuales. En su informe, el Consejo de Estado consideró que las uniones entre homosexuales requieren una ley diferente a la que actualmente regula el matrimonio entre hombres y mujeres al constituir una relidad distinta.
 
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL: En este organismo ha sido en el que el Gobierno ha encontrado mayor oposición para aprobar el matrimonio homosexual. Aunque el Ejecutivo de Zapatero no consideró necesario pedir un informe al máximo órgano de los jueces, el CGPJ aprobó uno por su cuenta en el que pone en duda la constitucionalidad de la norma al considerar que el matrimonio “o es heterosexual o no lo es”. Según el CGPJ, que también rechaza la adopción por parte de parejas homosexuales, el Gobierno se queda sin argumentos para oponerse al matrimonio de un hombre con varias mujeres o entre dos hermanos “si todo depende de que haya cariño”.
 
ASOCIACIONES DE JUECES:
 
-Asociación Profesional de la Magistratura (APM): Esta asociación recuerda que el artículo 32 de la Constitución habla expresamente de “el hombre y la mujer” para contraer matrimonio, por lo que excluye de esta figura a los homosexuales, aunque no existiría ningún problema para regularizar este tipo de uniones “con excepción de la adopción”. Esta asociación considera que la reforma puede ser impugnada ante el Tribunal Constitucional.
-Jueces para la Democracia: Según esta asociación el matrimonio es “lo que las leyes digan que es. Si el Congreso de los Diputados dice que el matrimonio puede ser de dos personas del mismo sexo, no se conculca en ningún momento la Constitución”. Según esta asociación la autorización para contraer matrimonio figura en el Código Civil, que el Gobierno ha reformado, no en la Constitución.
-Francisco de Vitoria: Según esta asociación la reforma es constitucional porque que el artículo 32 hable de hombre y mujer no quiere decir que no se contemplan otras posibilidades, y además estaría amparado en el artículo 14, que establece el principio de igualdad.
 
REAL ACADEMIA ESPAÑOLA (RAE): Según la RAE “hay una discrepancia con el Diccionario” para utilizar la palabra matrimonio en referencia a uniones homosexuales y lo considera “inadecuado”.
 
REAL ACADEMIA DE JURISPRUDENCIA Y LEGISLACIÓN: Según este organismo,  es inconstitucional extender la institución del matrimonio a las parejas del mismo sexo. Considera que el artículo 32 de la Constitución coloca como sujetos del derecho al matrimonio al hombre y la mujer "entre sí". Tanto la tipología como el concepto jurídico del matrimonio tienen como objetivo, por regla general, la procreación, por lo que "la pretensión de extenderlo a las uniones homosexuales significaría no una excepción, sino una negación de ese principio rector".
 
CONFERENCIA EPISCOPAL ESPAÑOLA: Dentro del ámbito religioso, la CEE considera un “error y una injusticia” que los homosexuales puedan casarse. Alega, además de otros motivos morales, razones de tipo antropológico, social y jurídico para oponerse al matrimonio homosexual. Razones antropológicas: no realizan la complementariedad de los sexos ni pueden engendrar hijos; razones sociales: la historia universal confirma que ninguna sociedad ha dado a las relaciones homosexuales el reconocimiento jurídico de la institución matrimonial; Razones jurídicas: califica de “ficción legal” el matrimonio entre el mismo sexo y señala que lo justo es que acudan al derecho común para obtener la tutela de situaciones jurídicas de interés recíproco.
 

 
INFORMES SOBRE ADOPCIÓN POR PARTE DE HOMOSEXUALES
 
ENTIDADES COLABORADORAS DE ADOPCIÓN (ECAI): Consideran “poco realista” la posibilidad de que matrimonios homosexuales puedan ejercer su derecho a adoptar un niño en el extranjero, porque en la mayoría de los países está prohibido. Considera un fraude de ley que los homosexuales adopten de forma individual para completar la adopción por su pareja en España.
 
CONSEJO CONSULTIVO DE CATALUÑA: Un informe del Consejo Consultivo de Cataluña alerta sobre el peligro de que el reconocimiento del matrimonio homosexual sirva para engañar a los países que no aceptan la adopción por parte de homosexuales, como China y Rusia y se rompan los convenios internacionales que tiene España con varios países.
 
COLEGIO DE PSICÓLOGOS DE MADRID: Basándose en estudios propios, este órgano considera que los matrimonios homosexuales pueden adoptar, ya que los niños que han crecido en familias homosexuales no han sufrido problemas añadidos.  

Temas

En Sociedad

    0
    comentarios