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Rodríguez Menéndez está fuera de España y su abogado dice que entregará el pasaporte cuando regrese

El abogado José Emilio Rodríguez Menéndez, a quien la Audiencia de Madrid ha ordenado que entregue su pasaporte mientras se resuelve la ejecución de su pena por difundir un vídeo de carácter sexual del director de "El Mundo", Pedro J.Ramírez, ha comunicado al Tribunal que está fuera de España y que lo hará cuando regrese.

L D (EFE) Según informaron fuentes jurídicas, la abogada de Rodríguez Menéndez ha comparecido en la Sección Primera de la Audiencia madrileña para informar de que el letrado se encuentra fuera de Madrid y que se presentará ante la Sala en el momento en que vuelva. Las fuentes consultadas añadieron que, tras esta comparecencia, el Tribunal esperará y si ve que Rodríguez Menéndez no comparece "en un tiempo prudencial" verá si adopta "las medidas oportunas".

La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado a Rodríguez Menéndez y al ex gobernador civil de Guipúzcoa José Ramón Goñi, ambos condenados a dos años de prisión por este caso, que comparecieran ante el Tribunal y entregaran sus pasaportes en el plazo de dos días y les ha obligado a presentarse en el mismo los días 1 y 15 de cada mes hasta la firmeza de esta resolución. Así lo acordó la Audiencia en dos autos, en uno de los cuales confirmó la decisión de ejecutar dichas penas respecto a Rodríguez Menéndez y Goñi Tirapu sin esperar a que se resuelva las solicitudes de indulto y en el otro desestimó la petición de ambos de sustituirlas por multas, si bien pueden recurrir este último.

Además, ha prohibido a ambos salir del territorio nacional sin la previa autorización del Tribunal, aunque el letrado ya estaba fuera de España cuando se notificaron estos autos, según indicaron las mismas fuentes. Rodríguez Menéndez tiene previsto presentar un recurso de súplica contra la decisión de la Audiencia de rechazar su petición de sustituir por una multa la pena de dos años de cárcel. La Sala estima que no procede acceder a la petición "al no existir circunstancias excepcionales para otorgar la sustitución de la pena".

El Código Penal establece que en casos excepcionales y para penas superiores a dos años el Tribunal puede sustituir por multa dichas penas, pero se exige que "se trate de reos no habituales cuando de las circunstancias del hecho y del culpable se infiera que el cumplimiento de la pena habría de frustrar los fines de prevención y reinserción social".

Por su parte, fuentes del despacho de Rodríguez Menéndez explicaron a Efe que el abogado regresará a España "antes de que se resuelva el recurso de súplica". En otro auto, la Sala dio un plazo de siete días para ingresar en prisión a otros tres acusados, Exuperancia Rapú, la mujer que aparece en el vídeo; al intermediario de la operación Angel Patón y a la persona que grabó la cinta, José María González Sánchez-Cantalejo, todos ellos condenados a cuatro años de prisión. Rapú y Sánchez-Cantalejo han solicitado al Tribunal un aplazamiento para entrar en la cárcel, por lo que la Sala ha pedido a las partes personadas en la causa que informen al respecto y tras ello decidirá si accede o no a esta petición.

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