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La reelección de Ibarretxe coincide con la despenalización de la convocatoria del referéndum ilegal

El candidato del PNV ha sido reelegido como presidente del Gobierno vasco gracias al apoyo del tripartito –PNV, EA y los comunistas de Madrazo– y a los dos votos cedidos por los batasunos de las Tierras Vascas. En segunda votación y por mayoría simple –34 votos–, Ibarretxe fue investido lehendakari, imponiéndose al candidato del PSE, Patxi López, que sólo contó con el respaldo del PP. La reelección de Ibarretxe coincide con la publicación en el BOE de la despenalización de la convocatoria de un referéndum ilegal.

El candidato del PNV ha sido reelegido como presidente del Gobierno vasco gracias al apoyo del tripartito –PNV, EA y los comunistas de Madrazo– y a los dos votos cedidos por los batasunos de las Tierras Vascas. En segunda votación y por mayoría simple –34 votos–, Ibarretxe fue investido lehendakari, imponiéndose al candidato del PSE, Patxi López, que sólo contó con el respaldo del PP. La reelección de Ibarretxe coincide con la publicación en el BOE de la despenalización de la convocatoria de un referéndum ilegal.
(Libertad Digital) El candidato del tripartito Juan José Ibarretxe ha sido investido lehendakari en la octava legislatura del Parlamento vasco y su reelección supone su tercer mandato al frente del Gobierno vasco. Ibarretxe obtuvo los 32 votos de PNV, EA y EB y dos de los Batasunos de las Tierras Vascas, lo que sumó 34 votos, frente a los 33 que recabó el aspirante socialista, Patxi López, de su partido y del PP.
 
Los dos votos prestados por la franquicia de Batasuna-ETA no permitieron que el candidato del PNV saliera designado el miércoles lehendakari porque se precisaba de mayoría absoluta, pero en la sesión de este jueves, en la que se requería de mayoría simple, sí logró su elección. Sin que se produjeran modificaciones en sentido del voto de los grupos parlamentarios, los 32 parlamentarios del tripartito y dos representantes del PCTV votaron en favor de Ibarretxe, mientras que las papeletas de los otros siete diputados de la formación batasuna resultaron nulas. El respaldo parcial de este partido a Ibarretxe, hizo que no fuera preciso el voto de Aralar, que decidió, al igual que veinticuatro horas antes, abstenerse. Además, los 18 apoyos a Patxi López del PSE-EE se unieron a los 15 de los populares.
 
El PP no se sentará con Otegi en la mesa de Ibarretxe
 
Terminada la sesión, Ibarretxe ha recibido la felicitación personal de los parlamentarios. María San Gil felicitó a Ibarretxe, pero le advirtió de que no cuente con el PP para participar en ninguna mesa de diálogo en la que esté Arnaldo Otegi. La principal idea lanzada por Ibarretxe en su discurso fue la convocatoria de una mesa de partidos con todos, incluida Batasuna-ETA, para hablar de paz y autogobierno. En los pasillos de la Cámara Vasca, San Gil explicó que el lehendakari le comunicó su intención de llamarla en septiembre. "Espero que sea para hablar de cosas productivas", manifestó San Gil, que opinó que "el foro adecuado para los debates políticos es el Parlamento", por tanto, "lo que no vamos a hacer es legitimar una mesa extra parlamentaria para que se pueda sentar el señor Otegi", advirtió.
 
El portavoz del PSE-EE en el Parlamento Vasco, José Antonio Pastor, también anunció que su partido no participará en una mesa de diálogo en la que esté Batasuna, aunque matizó que boicoteará la mesa mientras la formación de Arnaldo Otegi no haga "una condena expresa de la violencia o la violencia haya desaparecido".
 
El día en que se despenaliza la convocatoria de un referéndum ilegal
 
La reelección de Ibarretxe se produce el mismo que día que se publica en el Boletín Oficial del Estado la reforma del Código Penal que despenaliza la convocatoria de referéndums y que entrará en vigor el viernes. En la publicación, se especifica que la Ley Orgánica 2/2005, de 22 de junio, deroga la Ley Orgánica 20/2003, de 23 de diciembre, por la que se introdujeron en el Código Penal los artículos 506 bis, 521 bis y 576 bis. El artículo 506 bis castigaba con penas de tres a cinco años de prisión e inhabilitación a la autoridad que convocara procesos electorales o consultas populares por vía de referéndum, careciendo de competencias para ello.
 
Este artículo y el 521 bis también penalizaba "a quienes facilitaran, promovieran o aseguraran la realización de tales procesos o consultas". Por su parte, el artículo 576 bis castigaba con pena de prisión "a la autoridad o funcionario que allegara fondos, bienes, subvenciones o ayudas públicas a asociaciones o partidos disueltos o suspendidos". La nueva Ley los deroga al considerar que estos artículos se refieren a conductas "que no tienen la suficiente entidad como para merecer el reproche penal, y menos aún si la pena que se contempla es la prisión".
 
"El derecho penal se rige por los principios de intervención mínima y proporcionalidad, según tiene señalado el Tribunal Constitucional, que ha reiterado que no se puede privar a una persona del derecho a la libertad sin que sea estrictamente imprescindible", añade. En este sentido, se precisa que en el ordenamiento" hay otras formas de control de la legalidad diferentes de la vía penal". "El ejercicio de las potestades de convocar o promover consultas por quien no las tiene legalmente atribuidas es perfectamente controlable por vías diferentes a la penal", señala. El BOE destaca que, "en cuanto a las ayudas públicas a asociaciones o partidos disueltos o suspendidos, el ordenamiento ya prevé una sanción penal si constituyeran actos de participación en asociación ilícita". "En suma, las conductas que se contemplan en estos tipos penales no presentan las notas exigidas para proceder a su incriminación", apunta.

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