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El Gobierno aprueba un proyecto de ley para regularizar el canon por copia privada en soportes digitales

El Consejo de Ministros aprobó hoy el proyecto de ley que regula por primera vez el canon por copia privada en el entorno digital y del que se excluye a los discos duros y las conexiones ADSL. Por otro lado, se considerarán "infracciones" las actividades que sirvan "para eludir las medidas tecnológicas con que los titulares de derechos hayan protegido sus obras", medidas que dificultan el ejercicio del derecho a copia privada que justifica el canon.

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El Consejo de Ministros aprobó hoy el proyecto de ley que regula por primera vez el canon por copia privada en el entorno digital y del que se excluye a los discos duros y las conexiones ADSL. Por otro lado, se considerarán "infracciones" las actividades que sirvan "para eludir las medidas tecnológicas con que los titulares de derechos hayan protegido sus obras", medidas que dificultan el ejercicio del derecho a copia privada que justifica el canon.
(Libertad Digital) El proyecto de modificación de la Ley de Propiedad Intelectual, que transcribe la Directiva de la Sociedad de la Información, ha sido aprobado a propuesta de los Ministerios de Cultura y de Industria, Comercio y Turismo. El texto plantea varias novedades, una de ellas, la regulación, por primera vez, del régimen de copia privada -canon- en el ámbito digital, con el fin de "armonizar los derechos de los autores y los de fabricantes, importadores y distribuidores de equipos, aparatos y soportes materiales sujetos al pago de la compensación por la reproducción", según el gobierno, excluyendo de la armonización a consumidores y usuarios. La regulación del canon en el entorno analógico se mantiene igual.

El texto prevé que, en un plazo de cinco meses desde su aprobación, los sectores implicados acuerden una relación de los equipos, aparatos y soportes materiales sujetos al pago de compensación -canon- por los derechos de autor, así como su cuantía. El acuerdo será propuesto a los Ministerios de Cultura e Industria, Comercio y Turismo que decidirán, previa consulta al Consejo General de Consumidores y Usuarios. Este proceso se reabrirá cada dos años para adecuar los cánones a la evolución de las tecnologías.

En cualquier caso, "el Proyecto aprobado por el Consejo de Ministros excluye expresamente de este listado los discos duros de ordenador y las conexiones ADSL, y todos los sistemas de almacenamiento que no se usen preferentemente para copias", aclara Cultura.
 
Protección de dispositivos anticopia
 
Otra de las cuestiones tratadas son los dispositivos "anticopia" de las obras, pues, en línea con la política del Gobierno de lucha contra la piratería, se considerarán "infracciones" las actividades que sirvan "para eludir las medidas tecnológicas con que los titulares de derechos hayan protegido sus obras". Además, concede la misma categoría de infracción contra los derechos de autor la promoción y publicidad de dispositivos destinados a eludir estas medidas de protección.
 
Por tanto, el Gobierno regulariza el canon para soportes digitales cuya justificación legal es compensar las copias privadas mientras, al mismo tiempo, ilegaliza la realización de esas mismas copias.
 
Derecho de puesta a disposición interactiva

Otra de las novedades es "el derecho de puesta a disposición interactiva", que busca regular "expresamente el uso y explotación de obras en Internet con la autorización de los autores o de los titulares de los derechos", cuyos "derechos morales no prescriben".

Por otro lado, se imponen "unos límites" que afectan a reproducción, distribución y comunicación pública de las obras y que pretenden conjugar los intereses de los creadores con la investigación, la enseñanza o la información.

Los casos en los que se pueden utilizar obras sin necesidad de contar con el consentimiento de los autores son: bibliotecas y establecimientos análogos, profesores de enseñanza reglada dentro de las actividades docentes, personas discapacitadas o procesos judiciales.
 
Este proyecto de Ley, que se remite ahora a las Cortes, transpone una directiva que tenía que haber sido incorporada a la legislación española antes del 22 de diciembre de 2002, una demora que ha supuesto una condena del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, recalcó el Ministerio de Cultura.

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