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SE CONSIDERA EL ATENUANTE DE CONFESIÓN DE LOS HECHOS

Farruquito no tendrá que ingresar en prisión al ser condenado a una pena mínima

El bailaor Juan Manuel Fernández Montoya "Farruquito" ha sido condenado a dos penas de ocho meses de prisión por delitos de imprudencia y omisión del deber de socorro, por el atropello mortal de un peatón en septiembre de 2003, en Sevilla. La sentencia, notificada este viernes a las partes, impone al bailaor una pena mínima con respecto a los cuatro años y un mes de prisión que había pedido el fiscal en el juicio, e incluye el pago de una indemnización de 102.000 euros a la viuda de la víctima, María Ángeles Madero, y dos indemnizaciones de 8.200 euros a los padres de Benjamín Olalla.

El bailaor Juan Manuel Fernández Montoya "Farruquito" ha sido condenado a dos penas de ocho meses de prisión por delitos de imprudencia y omisión del deber de socorro, por el atropello mortal de un peatón en septiembre de 2003, en Sevilla. La sentencia, notificada este viernes a las partes, impone al bailaor una pena mínima con respecto a los cuatro años y un mes de prisión que había pedido el fiscal en el juicio, e incluye el pago de una indemnización de 102.000 euros a la viuda de la víctima, María Ángeles Madero, y dos indemnizaciones de 8.200 euros a los padres de Benjamín Olalla.

L D (EFE) El veredicto absuelve a los cinco restantes acusados, que habían sido imputados de urdir una trama para inculpar del atropello al hermano menor del bailaor, porque la juez decreta la nulidad total de las escuchas telefónicas de la Policía en las que se basaron estas acusaciones.

"Farruquito" "se ha emocionado y se ha puesto muy contento" cuando su abogado le ha comunicado por teléfono minutos después de conocer la sentencia la pena mínima que le ha impuesto un juzgado de Sevilla por el atropello mortal de un peatón, y que le libra de la cárcel. El bailaor, que se encuentra en Barcelona por motivos de trabajo, fue informado por su abogado, Benito Saldaña, desde las puertas mismas del juzgado, de la sentencia, que le impone dos penas de ocho meses de prisión, muy alejadas de los cuatro años y un mes que había pedido el fiscal.

La sentencia contiene la curiosidad de haber aplicado a "Farruquito" el atenuante de confesión de los hechos, a pesar de que sólo lo reconoció seis meses después del atropello y cuando ya había sido descubierto por la Policía, ya que la juez anula las escuchas telefónicas en que se basaron las investigaciones y, por lo tanto, considera que su confesión fue la primera noticia que se tuvo de lo acaecido.

Las dos penas de ocho meses impuestas por los delitos de homicidio por imprudencia y omisión del deber de socorro significan que "Farruquito" no tendrá que ingresar en la cárcel, ya que, además de carecer de antecedentes, se ha declarado dispuesto desde el primer momento a abonar las indemnizaciones a la familia de la víctima. En este sentido, la sentencia impone al acusado el pago de una indemnización de 102.000 euros a la viuda de la víctima y dos indemnizaciones de 8.200 euros a los padres.

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