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Detienen para su ingreso en prisión a tres condenados por colaborar con ETA

La Guardia Civil y la Policía Nacional han detenido en Navarra a tres colaboradores de ETA condenados el pasado mes de enero por la Audiencia Nacional a penas de entre 5 y 7 años de cárcel. Tras su arresto, ingresarán en prisión para cumplir la sentencia. Se dedicaban a facilitar el desplazamiento de los terroristas que entraban a España desde Francia. También facilitaron material para los atentados.

La Guardia Civil y la Policía Nacional han detenido en Navarra a tres colaboradores de ETA condenados el pasado mes de enero por la Audiencia Nacional a penas de entre 5 y 7 años de cárcel. Tras su arresto, ingresarán en prisión para cumplir la sentencia. Se dedicaban a facilitar el desplazamiento de los terroristas que entraban a España desde Francia. También facilitaron material para los atentados.

L D (EFE) Los detenidos son Imanol Larrañaga, José Ángel Alzuguren y Ainara Fresneda. La delegación del Gobierno en la Comunidad Foral confirmó que el primero fue arrestado en un control de carretera de la Guardia Civil en la NA-4410; el segundo en la localidad de Bera y la tercera en Lesaca. Las detenciones se practicaron entre las 18:00 y las 24:00 horas de este viernes.

Condenados por colaborar con ETA

El pasado 5 de enero, la Audiencia Nacional condenó a siete años de cárcel a Alzuguren y a cinco años a Fresneda y Larrañaga por haber facilitado el paso clandestino por la frontera hispano-francesa de miembros de ETA y material para la banda terrorista.

Los procesados se enfrentaban a una petición del ministerio fiscal de ocho años de cárcel acusados de un delito de pertenencia a banda armada. Sin embargo, la sección primera de la Audiencia Nacional consideró que según los hechos declarados probados los procesados incurrieron en un delito de colaboración con banda armada y no de pertenencia.

En este sentido, la sentencia decía que los acusados "realizaron labores en favor de la banda terrorista en un número de ocasiones entre tres y seis, sin que se haya articulado prueba que permita a la Sala afirmar que existía una dependencia orgánica de la banda sino una disponibilidad más o menos plena que se dilata en el tiempo (seis veces en cinco años en el supuesto más desfavorable)".

A pesar de tratarse de un mismo delito, la sala impuso dos penas diferentes "atendida la intensidad de su actividad delictiva y su mayor disponibilidad en favor de los fines delictivos" de la banda terrorista.

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