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LOS FÁRMACOS PARA LOS QUE HAYA GENÉRICO BAJARÁN UN 20%

Las farmacias que vendan medicamentos sin receta serán sancionadas

Los farmacéuticos que dispensen fármacos sin una receta médica podrán ser sancionados por faltas graves que pueden suponer entre 30.000 y 90.000 euros, según el anteproyecto de Ley del Medicamento que remitió este viernes el Consejo de Ministros al Consejo de Estado. Otra de las novedades es que bajarán un 20% de su precio todos los fármacos con más de diez años en el mercado, siempre que tengan un principio activo para el que haya un genérico en algún país de la Unión Europea.

L D (EFE) El resto, que son medicamentos que por sus características no son rentables para el mercado de genéricos, se quedarán con su precio y sólo les afectarán las medidas generales, como la prevista bajada del 2% de todos los fármacos en marzo del año próximo. El nuevo anteproyecto pretende fomentar el uso racional de los medicamentos, reforzar las garantías de seguridad e introducir medidas de racionalización del gasto farmacéutico

Las farmacias tendrán la obligación de facilitar a los ciudadanos un recibo con el nombre del medicamento, la aportación del usuario y el precio de venta al público, con independencia de que el precio esté también en el cartonaje del fármaco. Se prevé la mejora de la información de los prospectos de los medicamentos, en los que se reducirán al mínimo los términos técnicos para facilitar su comprensión por parte de los pacientes.

Respecto a la receta médica se establece que sólo con carácter excepcional, como en caso de desabastecimiento, el farmacéutico podrá sustituir un medicamento prescrito por otro. Habrá también una potenciación de la prescripción por principio activo, supuesto en el que el farmacéutico dispensará el fármaco de menor precio o el genérico cuando lo haya.
 
Información y promoción

Se mejora la información y promoción de los medicamentos, con un sistema independiente de la Agencia Española del Medicamento que garantizará la objetividad, transparencia y la rápida disponibilidad de los productos. Hay también un refuerzo en la transparencia respecto a la financiación de trabajos, ponencias y congresos, que deberán informar de quién los patrocina.

Otro de los objetivos de la ley es reforzar las garantías de los medicamentos mediante el afianzamiento del sistema de farmacovigilancia, la trazabilidad para conocer en cada momento la procedencia y destino de los fármacos, y el establecimiento de la obligación de que los fabricantes de medicamentos y productos sanitarios cuenten con un seguro, aval o garantía financiera para posibles problemas relacionados con sus productos.

Igualmente se regulará la publicidad de los productos con supuestas propiedades para la salud. El proyecto establece un nuevo sistema de precios de referencia, que tendrá un impacto gradual y que afectará a todos los fármacos con más de diez años en el mercado, cuando cuenten con un genérico, y que se calculará con la media del precio de los tres productos más baratos que haya en el mercado.
 
"Innovaciones galénicas"

En el nuevo sistema no habrá posibilidad de que la Administración pueda declarar como innovadores algunos medicamentos que tengan alguna utilidad terapéutica y que pudieran quedar fuera de los precios de referencia, ya que se establecerá en un futuro reglamento las denominados "innovaciones galénicas". En estos supuestos, los fármacos con alguna mejora como por ejemplo el que se ofrezca con mejor sabor para los niños o efervescente en lugar de en cápsulas, pueden tener un diferencial de precio de un 15% mayor que el precio de referencia y sólo durante un periodo de tres años.

La gradualidad se ha introducido también en el nuevo sistema de precios de referencia, de forma que cuando el precio de un producto tenga que tener una bajada de más de un 30%, el laboratorio podrá optar por asumir toda la rebaja en un año o hacerlo en mínimos de un 30% anual hasta alcanzar el nuevo precio. El anteproyecto prevé la potenciación de los medicamentos genéricos, algo básico para el desarrollo de los precios de referencia. El mercado de genéricos en España está muy por debajo al de los países del entorno europeo y representa entre un 6 y un 7% del total.

El proyecto prevé la transposición de una directiva europea que establece la llamada cláusula Bolar, que permite introducir un medicamento genérico en el mercado al día siguiente de transcurridos los diez años de protección del producto original. Con ello se podrá presentar la solicitud de autorización de un nuevo genérico pasados ocho años de la autorización del medicamento de referencia en un Estado miembro de la UE, aunque no esté autorizado en España. Habrá también una financiación selectiva para los fármacos y los productos sanitarios y una evaluación previa de las tecnologías sanitarias antes de su incorporación al Sistema Nacional de Salud, además de la potenciación de los ensayos clínicos y de la investigación biomédica.

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