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El CGPJ encuentra 17 motivos de inconstitucionalidad en los artículos sobre Justicia del Estatuto catalán

El Consejo General del Poder Judicial ha elaborado un informe que denuncia diecisiete tachas de inconstitucionalidad en el proyecto de Estatuto catalán que se encuentra en tramitación en el Congreso de los Diputados. El documento, redactado por José Luis Requero, concluye que el proyecto del Estatuto catalán "es inconstitucional porque asienta las bases para la creación de un Poder Judicial estrictamente catalán, distinto del estatal", que "tendría su propio órgano de gobierno, crearía sus propios tribunales, determinaría la demarcación judicial, seleccionaría a sus propios jueces ".

El Consejo General del Poder Judicial ha elaborado un informe que denuncia diecisiete tachas de inconstitucionalidad en el proyecto de Estatuto catalán que se encuentra en tramitación en el Congreso de los Diputados. El documento, redactado por José Luis Requero, concluye que el proyecto del Estatuto catalán "es inconstitucional porque asienta las bases para la creación de un Poder Judicial estrictamente catalán, distinto del estatal", que "tendría su propio órgano de gobierno, crearía sus propios tribunales, determinaría la demarcación judicial, seleccionaría a sus propios jueces ".
L D (Europa Press) El estudio jurídico ha sido redactado por el vocal José Luis Requero y será analizado el próximo jueves por la Comisión de Estudios e Informes del CGPJ. El informe sostiene que la propuesta de crear un Consejo de Justicia de Cataluña "es inconstitucional desde el momento en que un Estatuto de Autonomía regula el sistema de gobierno de un Poder del Estado que es único, de ámbito nacional y exclusiva titularidad estatal. Propicia un régimen gubernativo judicial sólo para una parte de España, rompiendo su unidad", añade.
 
Requero destaca que es inconstitucional porque desborda el marco para el que nacieron las autonomías, que fue la gestión de sus respectivos intereses, "para decirle al Estado cómo quiere que se regule el gobierno del Poder Judicial en Cataluña". El documento también recuerda que "es inconstitucional porque inserta el principio autonómico en el Poder Judicial, lo que supone llevar al ámbito del Poder Judicial la idea del reparto territorial del poder político y la atribución a las autonomías la titularidad de los poderes públicos".
 
"Es inconstitucional -prosigue el documento- porque en Cataluña el CGPJ quedaría relegado a la condición de órgano de gobierno de la Justicia de segundo grado, residual, estableciendo una suerte de "administración única" judicial. En virtud de esa postergación, la Justicia en Cataluña sería directamente gobernada por el Consejo de Justicia".
 
Ha sido encontrado otro motivo de inconstitucionalidad en que "el Consejo de Justicia de Cataluña se diseña como un órgano de gobierno externo cuya composición emana por entero del Parlamento catalán. Se configura como un anexo añadido al sistema institucional catalán y lleva el gobierno del Poder Judicial a la órbita de las instituciones de la Generalidad, defraudándose el modelo constitucional".
 
Descentralización
 
También iría en contra de lo dispuesto por la Carta Magna que el proyecto acuda a la invocación del principio de desconcentración de funciones para mantener -sólo formalmente- el carácter estatal del Consejo de Justicia. "Es el envoltorio del principio autonómico, verdadero contenido de la Propuesta, todo lo cual lleva a que el verdadero principio que rige sea el de descentralización", razona Requero.
 
Sostiene también que es inconstitucional "porque materialmente no hay desconcentración sino "reconcentración": el Consejo de Justicia que diseña no descarga de competencias al CGPJ, no se concibe desde el principio de eficacia; por el contrario asume competencias ya desconcentradas en los órganos de gobierno de juzgados y tribunales". "Es contrario a la Constitución porque duplica el modelo político-constitucional de gobierno del Poder Judicial, reservado constitucionalmente sólo en el CGPJ", añade el documento.
 
Además, señala que "bajo el amparo de lo que sí puede hacerse, como es crear órganos estatales de gobierno judicial desconcentrados territorialmente, por razón de la forma de componerse, de las competencias y de la falta de subordinación plena al CGPJ, se producirá el efecto equivalente a lo que la Constitución impide: que las Comunidades Autónomas tengan su propio órgano gobierno judicial".
 
Asimismo, señala que con la Propuesta de reforma estatutaria el Estado crearía unos órganos estatales -los Consejos de Justicia- "cuyo uso y explotación cedería a las Comunidades Autónomas, propiciando un fraude constitucional: se alumbraría una suerte de "usufructo institucional"".
 
Otra causa de inconstitucionalidad, para Requero, es que sustrae al CGPJ la potestad de libre nombramiento de Presidentes del Tribunal Superior de Justicia, de las Salas de ese Tribunal y de las Audiencias Provinciales. "Es inconstitucional porque crea un nuevo órgano judicial: la Sala de garantías estatutarias; en este mismo motivo de inconstitucionalidad incurre la Propuesta de reforma del Estatuto valenciano, si bien no prevé un órgano concreto sino que lo hace de forma general e innominada", agrega.
 
Efecto "equivalente" a la autodeterminación
 
Además cree que es inconstitucional porque obliga al Estado a transferir o delegar a la Generalidad la competencia del Estado de fijar la demarcación judicial, y porque permite que Cataluña convoque sus propias oposiciones y concursos para ingresar en la Carrera Judicial.
 
Agrega que es inconstitucional porque impone a jueces y magistrados la obligación de conocer el catalán, y porque prevé que los jueces y magistrados, integrados en un Cuerpo único y que ejercen una función de titularidad estatal, sean gobernados por un órgano de gobierno ni previsto ni deducible de la Constitución, conformado desde las instituciones catalanas.
 
En definitiva, Requero apunta que la Propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña es inconstitucional y lo seguiría siendo aun cuando sus determinaciones fuesen asumidas por el Estado mediante una reforma de la LOPJ, "en cuyo caso también la LOPJ sería inconstitucional". Por otro lado, el informe subraya que, además del CGPJ, los presidentes de tribunales superiores de Justicia de las comunidades autónomas y los jueces decanos de las provincias se han mostrado en contra de los consejos autonómicos de Justicia previstos por el Gobierno.
 
Para Requero, la propuesta catalana difiere del proyecto de poder judicial previsto para el País Vasco en el "Plan Ibarretxe", a través del ejercicio del derecho de autodeterminación, pero en la práctica produciría un efecto equivalente. El vocal añade que la "reconducción constitucional" del nuevo Estatuto es "compleja".

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