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El juez desestima la querella presentada por Maragall contra la COPE y César Vidal

El juzgado de instrucción número 47 de Madrid ha desestimado la querella presentada por el  presidente de la Generalidad, Pasqual Maragall, contra la cadena COPE y el director de La Linterna, César Vidal, por una sátira de Fray Josepho. El juez considera que "en el contenido se aprecia la carencia de un ánimo de injuriar y por el contrario sí se aprecia un ánimo jocoso, burlón, satírico o de crítica mordaz" y subraya que esas expresiones "son numerosas y reiteradas en otros medios de comunicación, radio, prensa, televisión".

El juzgado de instrucción número 47 de Madrid ha desestimado la querella presentada por el  presidente de la Generalidad, Pasqual Maragall, contra la cadena COPE y el director de La Linterna, César Vidal, por una sátira de Fray Josepho. El juez considera que "en el contenido se aprecia la carencia de un ánimo de injuriar y por el contrario sí se aprecia un ánimo jocoso, burlón, satírico o de crítica mordaz" y subraya que esas expresiones "son numerosas y reiteradas en otros medios de comunicación, radio, prensa, televisión".
(Libertad Digital) El pasado 4 de julio en una de sus habituales sátiras en La Linterna, Fray Josepho se declaraba ávido bebedor y establecía un paralelismo entre él y Pasqual Maragall. El presidente de la Generalidad presentó una querella criminal argumentado que esos comentarios eran constitutivos de injurias hacia su persona.
 
Este viernes el titular del juzgado número 47 de Madrid, José Sierra Fernández, ha desestimado la admisión a trámite de la querella. El juez argumenta que  "en el contenido se aprecia la carencia de un ánimo de injuriar y por el contrario sí se aprecia un ánimo jocoso, burlón, satírico o de crítica mordaz que en todo caso le resta la relevancia penal a las expresiones". Y añade el juez que "expresiones que además son numerosas y reiteradas en otros medios de comunicación, radio, prensa, televisión, los programas, series, o artículos periodísticos ofensivo que utilizan expresiones incluso de mayor contenido formal ofensivo contra personas incluso de mayor rango o similar o equiparable cargo político que el querellante".
 
Sobre las opiniones en la tertulia del programa con respecto al apoyo de Maragall a la candidatura olímpica de Nueva York aparecidas en la página web de la candidatura y que también se incluían en la querella, el juez señala que "la opinión de las personas invitadas al programa, y la información de indudable relevancia, han sido manifestadas en ejercicio de los derechos constitucionales que se han expresado", en referencia al "derecho a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones" y al "derecho a comunicar o recibir libremente información veraz". El juez aclara que la "utilización de calificativos y juicios de valor negativos" fueron "siempre referidos a un hecho veraz y real cual fue la aparición en una página web el apoyo del querellante a la candidatura olímpica de Nueva York".
 
Por todo ello, el juez José Sierra Fernández desestima la querella y procede al archivo de las actuaciones. Maragall tiene un plazo de tres días para presentar un apelación.

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