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Una sentencia exculpa al dueño de un cibercafé de las copias que hacían sus clientes

La magistrada de un juzgado de Santiago de Compostela ha absuelto al dueño de un cibercafé de un delito contra la propiedad intelectual debido a que éste solo alquilaba los equipos y eran sus clientes los que realizaban la copias de CDs. Además, ha tenido en cuenta que la denuncia no partiese de personas agraviadas sino de las asociaciones SGAE, AFYVE, y ADIVAN, según informa La Voz de Galicia.

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La magistrada de un juzgado de Santiago de Compostela ha absuelto al dueño de un cibercafé de un delito contra la propiedad intelectual debido a que éste solo alquilaba los equipos y eran sus clientes los que realizaban la copias de CDs. Además, ha tenido en cuenta que la denuncia no partiese de personas agraviadas sino de las asociaciones SGAE, AFYVE, y ADIVAN, según informa La Voz de Galicia.

(Libertad Digital) El fallo de la magistrada Rosa Collazo afirma que no hay ninguna prueba de que los CDs copiados en el establecimiento hubieran sido producidos por los demandantes. “Es muy posible que entre los cedés copiados se encuentre alguno producido por alguna de esas entidades, pero esa alta posibilidad no cabe equipararla a certeza absoluta, que es lo que exige el Derecho Penal”, asegura. Esa certeza se habriá obtenido si “la asociación denunciante agrupa a la totalidad de los productores fonográficos que operan en nuestro país”.

Por otro lado, la magistrada indica que no se acreditó que los originales de los discos no fuesen propiedad de los mismos clientes que los copiaban, ni que se obtuviese más de una copia de cada original ni que fuese para un uso distinto al privado. Explica el fallo que “no se ha acreditado que dichas obras fueran bajadas por el acusado, el cual afirma que eran los propios clientes los que lo realizaban, toda vez que su local, por encontrarse muy cerca del campus universitario, era frecuentado por numerosos estudiantes que conocían perfectamente la forma de bajar de Internet las copias de la música que deseasen, de manera que bien pudo ser ésta la forma de obtener dichas copias, sin que se haya acreditado nada al respecto”.

Fue un empleado de AFYVE el que se desplazó al cibercafé del empresario José Luis Garabal Vázquez para tomar nota de las actividades que tenían lugar allí, informe que ha servido de base para la denuncia. La juez asegura que su testimonio “ha de analizarse con cierta prevención, toda vez que es empleado de la entidad denunciante y que se mostró interesadísimo en conseguir una condena del acusado al respecto, por lo que su validez ha de atemperarse y han de evaluarse otra serie de indicios para imponer una condena penal”.

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