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La inspección del CGPJ propone sancionar al instructor del 11-M por "falta muy grave de desatención"

La inspección que mandó abrir Francisco José Hernando, presidente del CGPJ, sobre la excarcelación del imputado por el 11-M Saed El Harrek, ha concluido en que el magistrado Juan del Olmo cometió una "falta muy grave de desatención" por lo que ha procedido a abrirle un expediente. El magistrado se enfrenta ahora a una sanción, que puede oscilar entre un mes y tres años de suspensión o la separación del servicio. Del Olmo achacó la salida de prisión de El Harrek a un "error de transcripción". Carlos Dívar, Gómez Bermúdez y Teresa Palacios ya destacaron las carencias del instructor.

La inspección que mandó abrir Francisco José Hernando, presidente del CGPJ, sobre la excarcelación del imputado por el 11-M Saed El Harrek, ha concluido en que el magistrado Juan del Olmo cometió una "falta muy grave de desatención" por lo que ha procedido a abrirle un expediente. El magistrado se enfrenta ahora a una sanción, que puede oscilar entre un mes y tres años de suspensión o la separación del servicio. Del Olmo achacó la salida de prisión de El Harrek a un "error de transcripción". Carlos Dívar, Gómez Bermúdez y Teresa Palacios ya destacaron las carencias del instructor.
L D (Agencias) El informe del servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)se ha realizado tras la excarcelación de uno de los 29 procesados en la causa, Saed El Harrak, el pasado 10 de mayo al vencer el plazo de prisión preventiva sin que se prorrogara.
El jefe del Servicio de Inspección, José María Gil Sáez, indica en su informe que la puesta en libertad de El Harrak, uno de los procesados por los atentados del 11-M en Madrid, "fue debido a una desatención" por parte del juez de la Audiencia Nacional, Juan Del Olmo, "en el cumplimiento de sus obligaciones"

Esta propuesta, que será estudiada en la Comisión Disciplinaria del CGPJ el próximo 7 de junio, podría conllevar desde un mes de suspensión hasta tres años, e incluso la separación del servicio y el traslado forzoso, según informaron fuentes del Consejo. "Todo el error que desembocó en la excarcelación del inculpado –el pasado 10 de mayo– fue debido a una falta de control en el plazo de la prisión provisional del encartado", añade el informe, que consta de quince folios.

Además, realiza una cronología de lo sucedido hasta que la juez Teresa Palacios "hubo de dictar el auto de libertad sin que hubiese ya opción de prorrogar la medida cautelar". Según explica, "creemos que ello evidencia la omisión de un sistema de control efectivo de las causas con preso que garantice la adecuada vigilancia de los plazos y límites temporales de las situaciones de prisión provisional por parte del magistrado Del Olmo".

A su juicio, esta conducta podría ser encuadrable en la falta disciplinaria recogida en el artículo 417-9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que señala que son faltas muy graves "la desatención o el retraso injustificado y reiterado en la iniciación, tramitación o resolución de procesos y causas o en el ejercicio de cualquiera de las competencias judiciales".

Del Olmo ha admitido que fue un error suyo –bien de trascripción mecanográfica o "de apreciación" al comprobar las fechas en el listado informático de presos por el 11-M– el que propició la excarcelación, según consta en el informe elaborado sobre este asunto por el presidente de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional, Javier Gómez Bermúdez. Gómez Bermúdez remitió este informe al presidente de este tribunal, Carlos Dívar, quien a su vez lo envió al CGPJ, que abrió una investigación previa para averiguar los motivos de la excarcelación de El Harrak.

El informe del jefe de la Inspección será estudiado en la Comisión Disciplinaria del CGPJ el próximo 7 de junio, y no en la prevista para mañana, tal y como lo acordó la presidenta de esta Comisión, Monserrat Comas. En dicho acuerdo se indica que "no existe tiempo material ni suficiente para que los vocales puedan estudiarse el informe del Servicio de Inspección y la documentación que se acompaña a dicha información previa (más de 500 folios)".

Fuentes del Consejo señalaron que hay vocales de la Comisión Disciplinaria –integrada por cinco– que consideran que la propuesta de la Inspección es "absolutamente desproporcionada en relación al hecho, al no tratarse de un descontrol en la llevanza de los presos preventivos, sino de un error puntual de cálculo". El último caso "parecido" fue el del magistrado de la Audiencia Nacional Luis Martínez de Salinas, quien fue sancionado por una falta grave por retraso injustificado al dictar una sentencia de narcotráfico y se le impuso una multa de mil euros, según las mismas fuentes, que añadieron que lo ocurrido con Del Olmo no es un caso similar al del juez Guillermo Ruiz Polanco.

El CGPJ impuso a Ruiz Polanco por una falta muy grave de desatención una sanción de un año de suspensión de sus funciones tras el excarcelamiento de un preso preventivo supuesto miembro de ETA, que significó la pérdida de su destino en la Audiencia Nacional. El Harrak fue excarcelado el pasado 10 de mayo por la juez Teresa Palacios –que sustituye a Del Olmo por baja médica de éste– al haber transcurrido el plazo máximo de dos años en prisión preventiva, sin que se hubiera solicitado por el juez la prórroga de su encarcelamiento.

En el auto de procesamiento notificado por Del Olmo el pasado 10 de abril, el magistrado fijó para el 16 de mayo de este año la comparecencia sobre la prórroga de la prisión provisional de El Harrak, a pesar de que éste había sido detenido el 6 de mayo de 2004, por lo que su prisión debía prorrogarse necesariamente antes de que se cumplieran dos años desde esa fecha.

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