(Libertad Digital) El citado juez, emitió hace dos años un dictamen para el Gobierno catalán cuyas recomendaciones han sido recogidas en el recientemente aprobado Estatuto.
La ley establece que el magistrado puede ser recusado, entre otros motivos, por haber sido ¨defensor o representante de alguna de las partes¨ que intervienen en un pleito o si ha ¨emitido dictamen sobre ese caso. También se le puede recusar si tiene ¨interés directo o indirecto en el pleito¨ o si ha ocupado un cargo o profesión mediante el cual ha ¨participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito¨.
Asimismo, se puede recusar a quien, gracias a ese cargo publico o administrativo anterior a su condición de magistrado, ha ¨podido tener conocimiento del objeto de litigio y formar criterio en detrimento de la debida imparcialidad¨.
Estas son las principales causas que el PP alega para recusar a Pérez Tremps según hace constar en un escrito de 31 folios que ha presentado ante el Tribunal Constitucional, firmado por un centenar de diputados populares con Mariano Rajoy a la cabeza.