L D (Agencias) La sección séptima de la Audiencia condena al artista a dos años por un delito de homicidio imprudente y a otro más por uno de omisión del deber de socorro, y fija una indemnización de 102.483 euros para la viuda de la víctima y de 16.550 para los padres del fallecido, Benjamin Olalla, de 35 años.
La sentencia de este martes modifica la dictada en mayo de 2005 por el juzgado de lo penal numero 8, que condenó al bailaor a dieciséis meses de prisión por los mismos hechos.
También ha sido condenado Óscar Alberto Benavente a un año de prisión por encubrimiento, mientras que el resto de acusados ha quedado absuelto. El fiscal de la Audiencia pedía elevar la pena de Farruquito a cuatro años y un mes de prisión, al considerar que el artista "ha mentido descaradamente antes, durante y después" del proceso, al recordar que su hermano, menor de edad, se confesó autor del atropello, cuya autoría por parte de Farruquito se descubrió de forma "casual" seis meses después de que ocurrieran los hechos.
El abogado de la viuda de Olalla, José Manuel Rosendo, pedía para el bailaor ocho años de prisión, el máximo previsto por homicidio imprudente, al sostener que el artista cometió un delito de "denuncia falsa" al acudir junto a su hermano a la Policía cuando éste se autoinculpó.
Por su parte, el abogado defensor de Farruquito, Benito Saldaña, pedía que la condena por homicidio imprudente se rebajara a la categoría de falta e insistía en que el bailaor, que no se paró para ver a Olalla tras el atropello, se aseguró de que la víctima estaba atendida y en que circulaba a 50 kilómetros por hora.