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El Supremo pospone hasta el 16 de mayo la decisión sobre la ilegalización de ASB

La Sala del 61 del Tribunal Supremo ha acordado admitir la petición de las promotoras de ASB de celebrar una vista pública para decidir si permite a esta formación presentarse a los comicios. Sus miembros se habían reunido este martes para estudiar las demandas de ilegalización presentadas por la Fiscalía y la Abogacía del Estado. Tras tres horas y media de deliberaciones, el Supremo ha decidido posponer la decisión hasta la vista del 16 de mayo. Mientras el futuro de ASB aún es incierto, ya está claro que la auténtica opción de los batasunos es ANV tras conocerse la identidad de sus candidatos por Navarra.

La Sala del 61 del Tribunal Supremo ha acordado admitir la petición de las promotoras de ASB de celebrar una vista pública para decidir si permite a esta formación presentarse a los comicios. Sus miembros se habían reunido este martes para estudiar las demandas de ilegalización presentadas por la Fiscalía y la Abogacía del Estado. Tras tres horas y media de deliberaciones, el Supremo ha decidido posponer la decisión hasta la vista del 16 de mayo. Mientras el futuro de ASB aún es incierto, ya está claro que la auténtica opción de los batasunos es ANV tras conocerse la identidad de sus candidatos por Navarra.
L D (Agencias) Así lo acordó este martes el Alto Tribunal al aceptar la petición en este sentido de ASB, que también solicitó aportar en esa vista varios documentos que han sido admitidos por la sala especial y con los que la formación abertzale pretende combatir los argumentos esgrimidos por el Ministerio Público y los Servicios Jurídicos del Estado para que se prohíba su inscripción como partido político.

En sendas providencias, la sala acuerda celebrar la comparecencia "a fin de garantizar de la manera más amplia y completa la tutela de los intereses generales y particulares concurrentes y atendida la naturaleza y entidad de las cuestiones que se ventilan en el presente procedimiento", aun "no estando obligada esta sala por disposición imperativa de la Ley".

Entre la documentación solicitada por ASB y admitida por el tribunal, que ha acordado cursar el correspondiente oficio al Registro de partidos políticos del Ministerio del Interior, figuran los estatutos de formaciones legales que utilizan la denominación "Mesa Nacional" para referirse a sus órganos directivos.

Entre esas formaciones las hay con representación parlamentaria, como Coalición Canaria; o extraparlamentarias, como Democracia Nacional; Mesa Nacional Falangista; Liberación Andaluza; Esquerda Nacionalista; y el Bloc Nacionalista Valenciá.

En sus demandas, la Fiscalía y la Abogacía del Estado aseguran que el uso de la denominación "Mesa Nacional" es un indicio de la intención de ASB de dar continuidad a la ilegalizada Batasuna. ASB también ha solicitado que se incorpore una copia de los estatutos de Aralar, formación legal escindida de Batasuna para demostrar que en ellos no hay ninguna mención expresa al rechazo de la violencia, pese a lo que se permitió su inscripción como partido.

Otro de los documentos solicitados por Aberzale Sozialisten Batasuna y admitido por la "sala del 61", que lo requerirá al Ministerio del Interior, es el informe que la Guardia Civil elaboró sobre los promotores de la formación.

El tercer bloque de documentación admitida se refiere a diversos escritos y resoluciones judiciales del sumario 35/02 que instruye el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón y en el que se investiga la subordinación de Batasuna a ETA y la financiación de la banda terrorista a través de las "herriko tabernas" controladas por la formación abertzale.

Así, ASB solicita el informe en el que el fiscal Carlos Bautista pidió al magistrado que no citara a declarar como imputados a Arnaldo Otegi y otros dirigentes proetarras –entre ellos Marije Fullaondo, promotora de ASB– por sus intervenciones en ruedas de prensa y otros actos tras el atentado de ETA en el aeropuerto de Barajas el pasado 30 de diciembre.

Las comparecencias, reclamadas por la AVT y Dignidad y Justicia, no fueron acordadas después de que Garzón, siguiendo el criterio del fiscal, concluyera que las intervenciones se habían hecho en nombre de la "izquierda abertzale" y que no está demostrado que este movimiento esté controlada por ETA-Batasuna.

La "sala del 61" también pedirá a Garzón que le envíe el escrito en el que el fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, dio instrucciones al de la Audiencia Nacional ante la vista en la que el 17 de enero de 2006 se decidió prorrogar la suspensión de actividades de Batasuna.

Por último, el TS pedirá a este magistrado el auto de 5 de julio de 2006 en el que no accedió a prohibir la celebración de una reunión entre el PSE y Batasuna-ETA prevista para el día siguiente en Bilbao y señaló que tomar esa medida sin saber si el encuentro tendría contenido delictivo sería "una resolución de contenido político" y no judicial.

ASB solicitó el pasado 27 de marzo su inscripción en el Registro de partidos políticos del Ministerio del Interior, que inmediatamente suspendió este trámite y dio traslado al fiscal y a la Abogacía del Estado, ya que un primer análisis de los estatutos arrojó indicios de ilicitud tales como que varios de los promotores tenían vínculos directos con Batasuna-ETA.

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