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Alberto Recarte

IRPF e I+D

A partir de enero de 2004, los extranjeros que vengan a trabajar temporalmente en España podrán acogerse a un régimen especial del IRPF, que les permitirá pagar sólo un 25% sobre sus ingresos brutos, sin derecho a ninguna deducción. Se trata de una medida pensada para profesionales y gestores de multinacionales, que muchas veces tenían reticencias para instalarse en España por la obligación que la actual ley del IRPF significa, pues les forzaba a pagar por todos sus ingresos, dentro y fuera de España y les sometía al impuesto del patrimonio sobre todos los bienes que poseyeran en cualquier lugar del mundo.
 
Este incentivo completa las medidas fiscales del pasado año, destinadas a lograr la instalación en España de las holdings de compañías internacionales, mediante lo que se denominan las ETVE. Estas normas tributarias están teniendo un enorme éxito, pues el sistema fiscal resultante, aprobado por Bruselas, es mejor, incluso, que el que tiene Holanda, tradicional lugar de residencia de grandes holdings financieros internacionales.
 
Una tributación del 25% de lo que se ingresa en España, y patrimonio sólo sobre lo que se tenga en propiedad en España, pueden convertirse, a medio plazo, en el entorno fiscal necesario para que la I+D de muchas empresas extranjeras se haga con especialistas y científicos trasladados a nuestro país. La investigación científica, hasta donde vemos y sabemos, se está llevando a cabo, en el mundo, en zonas como California, que cuentan con buen clima, buenas comunicaciones y el idioma necesario. España no tiene la ventaja del idioma, pero unos buenos incentivos fiscales, como estos, una mayor seguridad jurídica y sobre todo personal, y otras muchas condiciones que no podemos detallar ahora aquí, pueden ayudar a que España se siga aproximando al modelo de lo que es Florida, pero con alguna probabilidad de acercarse, a medio plazo, al de California.
 

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