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Federico Jiménez Losantos

Un escándalo más allá de la prevaricación

Queda claro que se puede colaborar con la banda etarra para mejorar su capacidad criminal y su eficacia política, y que el más alto tribunal de España no considera delito esa atrocidad.

Dice la Sala Segunda del Tribunal Supremo que Carod Rovira no cometió ningún delito de colaboración con banda armada al reunirse con los dirigentes de ETA para que, como es público y notorio, proclamado y jaleado, concentrasen sus asesinatos en el resto de España dejando fuera a Cataluña. A cambio, les aseguraba el respaldo a sus objetivos políticos, que son la liquidación violenta del orden constitucional y la ruptura de la nación española en la que se fundamenta la Constitución. Para cualquier lego en Derecho, pero con una mínima conciencia ciudadana, ni siquiera en la excarcelación de la Mesa de Herri Batasuna por el Tribunal Constitucional arrogándose las funciones del Tribunal Supremo se ha violentado de manera tan escandalosa el espíritu de la ley, el sentido de la lucha antiterrorista y se ha escarnecido más a las víctimas. Veamos algunos de los hechos que contradicen de forma indudable para cualquier ciudadano normal la resolución del Tribunal Supremo, que niega que haya habido colaboración con banda armada en la entrevista de Carod con los jefes de ETA.
 
Carod acudió a entrevistarse clandestinamente en Francia, sin conocimiento de los gobiernos francés ni español, con unos terroristas sanguinarios que se arrogan el poder de quitar la vida a cuantas personas en España estorben sus planes o cuyo asesinato convenga a sus propósitos. La clandestinidad de la entrevista es, a los  ojos de cualquier profano en Derecho, un clamoroso delito de colaboración con banda armada, puesto que si no lo hubiera hecho así, es decir, si hubiera informado a alguno de los dos Gobiernos que buscan acabar con los crímenes y la extorsión de ETA, habrían descabezado a la banda terrorista. Tampoco pretendió que dejaran de matar sino que mataran más en unas partes de España que en otras. Y no sólo buscó la discriminación entre españoles  (prohibida por la Constitución) más salvaje que puede pretenderse, que es la de que se mate a unos y no a otros en función de su ubicación geográfica. Supongo que hace falta ser muy juez y muy perito en Derecho para decir que Carod no colaboró con ETA cuando pactó con la banda la forma de hacer políticamente más rentables sus crímenes: mientras ETA limitaba sus riesgos en un terreno más pequeño, Carod aseguraba a ETA desde su puesto institucional una sustitución mucho más eficaz en la política catalana. ¿No es eso colaboración? ¿Pues qué es: lucha implacable contra el terrorismo?
 
Evidentemente, no. Carod Rovira, en nombre de ERC y de la propia Generalidad de Cataluña, cuya presidencia ostentaba en el momento del pacto con la banda terrorista, se ofrecía a actuar como una delegación política etarra. Y así lo entendió y agradeció la propia ETA en una rueda de prensa en la que, junto la bandera de Sabino Arana, exhibió la separatista catalana. Se proclamaba, pues, una colaboración doble: de ERC con ETA y de ETA con ERC. Se producía algo más y algo peor que una colaboración: un público reparto de funciones para conseguir el mismo objetivo por partida doble: la ruptura de España en el País Vasco y en Cataluña. Al ocupar Carod interinamente el cargo de presidente de la Generalidad catalana y actuar sin conocimiento del titular, estamos ante un caso de lo que tradicionalmente se ha llamado alta traición. Y si eso no lo contempla el nuevo Código Penal, nadie puede discutir que, como mínimo, parece una clarísima colaboración con la ETA. Y tampoco cabe alegar inadvertencia, engaño o ingenuidad, puesto que el sujeto que acudió a Perpiñán no a ayudar a las policías española y francesa a detener a los cabecillas etarras sino a pactar una explícita colaboración con la banda terrorista no se ha arrepentido de hacerlo sino que viene proclamando que volvería a hacerlo. Lo cual abre intelectualmente la posibilidad práctica de que lo siga haciendo. Esa conducta queda explícitamente amparada por el Supremo y por la doctrina de impunidad que su decisión y su doctrina brindan a quienes colaboren políticamente con los terroristas.
 
A los ojos de la opinión pública, sean cuales fueran los argumentos aproximadamente legales que utilice el Supremo, queda claro que se puede colaborar con la banda etarra para mejorar su capacidad criminal y su eficacia política, y que el más alto tribunal de España no considera delito esa atrocidad. Cabe pensar si esa doctrina no se la aplica a sí mismo para absolverse moral y legalmente de lo que ha hecho. Para cualquier víctima del terrorismo, es algo que va más allá de la prevaricación. Es colaborar con Carod en lo que ha hecho Carod. Y si eso no es colaborar con ETA, o si esa colaboración no es delictiva, ¿por qué se ilegalizó Batasuna?
 
Por cierto, ¿no es en esa Sala do mora Bacigalupo, el famoso creador de la doctrina de los estigmas para evitar a Felipe González su comparecencia ante el Supremo cuando le correspondía hacerlo por los crímenes del GAL? ¿El mismo Bacigalupo que condenó por prevaricación al juez Liaño sin prueba alguna, simplemente adivinando su intención? En este caso, ciertamente, también estamos más allá de la adivinación. Es un hecho, y un hecho escandaloso, en lo político, en lo jurídico y en lo ciudadano. Claro que hace tiempo que los altos tribunales se rigen por criterios partidistas, lejos de la menor sensibilidad hacia los ciudadanos que les pagan el sueldo y hacia las víctimas del terror, al que juzgan según las circunstancias políticas, pocas veces según la Ley. Eso es al menos lo que pensamos una mayoría de españoles. Español, España: palabras feas, malditas para Carod y la ETA. ¿También incómodas para el Tribunal Supremo? Diríase que sí.

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