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José García Domínguez

La lección magistral de Montilla

O, tercera y más inquietante opción, que lo único "imperfecto" aquí resultara ser el flamante título de Bachillerato de Montilla.

"España no es ya un Estado unitario, sino federal imperfecto", acaba de sentenciar el prestigioso jurisconsulto José Montilla. Vaya, que según tan docta autoridad España fue un Estado unitario, aunque "ya" no. Y la pregunta tonta de cuándo nos constituimos en federación debe antojársele cuestión baladí. De ahí que el Gramsci de Cornellà no haya perdido ni un átomo de su valiosa saliva en explicarlo. Será que, como decía el otro, ayer se fue, mañana no ha llegado, hoy se está yendo y, en medio de tanto ajetreo, nos ha dado el siroco federal. Ya se sabe, esas cosas pasan hasta en las mejores familias.

"No estamos en un Estado unitario. Cualquier manual de derecho comparado nos lo definiría como un Estado federal imperfecto", añadió luego para terminar de remachar el clavo de la centrifugadora. Está claro, según Pepe, que sólo un analfabeto jurídico que desconozca los rudimentos más elementales de la ciencia del derecho podría negar el carácter federal de la Constitución española de 1978. Por lo demás, algo que para él debió resultar obvio a partir de la lectura sosegada de su artículo segundo. Pues qué otra cosa podría significar –cavilaría para sí el president– un enunciado que comienza proclamando: "La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles".

Mas que semejante talento nos rete a auscultar los tratados de derecho comparado no constituye un desafío intelectual que quepa tomar a broma. Estudiemos, pues. Desasnémonos, por ejemplo, entre las páginas del conocido Manual de Derecho Constitucional de José Antonio González Casanova, ese ilustre catedrático e histórico dirigente del PSC que gusta de equiparar al Partido Popular con la ETA. "La federación", escribe el profesor de cabecera del president, "adopta la forma de un nuevo Estado común y superior, en el cual los Estados que pactaron la unión o federación delegan una parte de la soberanía y se reservan, de común acuerdo, la que consideren conveniente (...) Desde una consideración jurídica, el Estado federal, al integrar a Estados pre-existentes, supera el mero contrato de sociedad, integrándolo en la ley constitucional que crea al nuevo Estado."

Definición canónica de federalismo de la cual únicamente cabe extraer tres posibles conclusiones. A saber. O el vigente orden constitucional español nació de un convenio internacional entre los Estados libres y soberanos de Murcia, Cataluña, La Rioja y Extremadura, entre otros. O España, por el contrario, constituye un caso de libro de un Estado unitario que se ha descentralizado, política y administrativamente. O, tercera y más inquietante opción, que lo único "imperfecto" aquí resultara ser el flamante título de Bachillerato de Montilla.

Tendremos que volver a investigarlo.

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