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El Congreso aprueba el desahucio express

El Congreso aprueba la ley de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y la eficiencia energética de los edificios, que plantea el desahucio en un plazo "no superior a 15 días y sin ulteriores trámites", tras sentencia judicial.

ZoPenco2 dijo el día 2 de Noviembre de 2009 a las 13:18:

Gargolet, completamente de acuerdo contigo, yo empecé los tramites de desahucio por falta de pago, a través de del arbitraje (PNAG), que para mi es unasolemne estafa y una perdida de tiempo, puesto que los meses del arbitraje no sirvió para nada, ya el inquilino no acató la sentencia arbitral y tuvimos que ir a los tribunales para ejecutar dicha sentencia arbitral. Empecé el 18/02/09 (c/arbitraje)y se ejecutó por sentencia judicial.el 22/10/09. A todo esto, no podía empezar el arbitraje si no habia como mínimo 2 meses de impago.

loboe dijo el día 2 de Noviembre de 2009 a las 11:30:

La situación actual es sencillamente el resultado de años de legislación proteccionista en materia de alquileres. Aún recuerdo que mi propia abuela, una señora rica sobre el papel por tener varios inmuebles en alquiler, no murió en la miseria porque la acogieron sus hijos, pero con lo que sacaba de aquellas famosos "contratos de renta antigua", no tenía ni para pagar la contribución.

En aquella época, era frecuente que los inquilinos solicitaran una indemnización -un "guante" que se decía- para abandonar la vivienda. Aún recuerdo el caso de un bribón que pidió como indemnización para dejar el piso, más de lo que él había pagado por vivir más de 50 años en la casa. Es decir, no solo había vivido gratis a costa del propietario, sino que además pretendía que resultara un negocio.

La aplicación durante años de semejantes políticas calan en el acervo colectivo, con el resultado de que la tenencia de pisos en alquiler, que antaño fue refugio de ahorro, desapareció de la escena económica.

Los que crearon el problema -la casta política- vienen ahora a arreglarlo con parches que están en total sintonía con el mundo imaginario en que viven. La receta es más dosis de "Justicia Virtual", según la cual, tras un plazo indefinido -para dictar sentencia- se ejecutará el lanzamiento en un plazo brevísimo.

Sin embargo, con ser grave, el problema no es solo del plazo. El verdadero problema es que si el lanzamiento se hace a las bravas, el arrendador puede encontrarse el piso en estado de ruina total y necesitado de una reconstrucción -igual a hacerlo nuevo, empezando por instalaciones, puertas, ventanas, Etc.- sin que al inquilino -que suele ser insolvente- le alcance la más mínima responsabilidad.

En mi caso puedo contar que me encontré con que en un modesto piso que tenía en alquiler, habían arrancado hasta los mecanismos de la instalación eléctrica.

En fin; la segunda y más amarga lección que aprenderán constructoras y propietarios, que han visto en el alquiler de sus inmuebles un paliativo para sus problemas, está aún por llegar, y cuando la hayan recibido, solo les quedará sentarse en un rincón a llorar, o como habría dicho mi abuelo: "salir a poner bombas".

Gargolet dijo el día 30 de Octubre de 2009 a las 01:28:

La reforma es muy bpnita, los desaucios por falta de pago se harán en 15 días una vez vista la sentencia.

La pregunta del millon es: A la vista de como está la justicia española, ¿Cuanto tiempo puede tardar en dictarse sentencia, desde que el propietario denuncia el impago?

¿De qué me sirve a mi que una vez que el juez diucte sentencia el inquilino que no paga tenga que abandonar la casa, si desde que deje de pagar y yo ponga la denuncia, puede pasar un año o dos hasta que se produzca el juicio?

Estos facha-rojos socialistas, siempre dandole vueltas a las cosas a ver como pueden engañar al personal sin haber hecho nada.

ancarnu dijo el día 29 de Octubre de 2009 a las 20:17:

Los grandes especuladores del ladrillo están pillados por un largo tiempo y no venden ni un metro. A alquilar pues los gastos corren cada mes. El pequeño propietario ha estado jodido por inquilinos bordes sin que la justicia actuara hasta dos años o mas. Ahora se modifica la rapidez para ayudar a los que han inflado la burbuja.

Neky dijo el día 29 de Octubre de 2009 a las 19:42:

Pregunto,se aplicará la misma rapidez a los miles de okupas que hay actualmente en Cataluña?que nó pagan alquiler,contribución,luz,agua, gasy demás..simple curiodidad,porque como la mayoria suelen ser hijos de señores"honorables de mucha pasta".Porque actualmente siguen pegando patadas en casas y entrando en ellas y les recuerdo al Gobierno
qué dichas casas"tienen dueño,pagan todos los impuestos y los tienen abandonados"pequeño detalle.
Aunque me temo que solo se aplicarán a las familias que si han tenido la desgracia de quedarse en paro toda la familia,se iran a la calle.
Siempre queda la oportunidad de okupar algun que otro"local vacio de los ayuntamientos o edificios abandonados"puesto que los pagamos con los impuestos y en Cataluña,ceden gustosamente a los okupas.

LeonAnto dijo el día 29 de Octubre de 2009 a las 18:07:

No se ha eliminado un problema y, es que el desahucio lo seguirán manejando los jueces, que en un alto tanto por ciento no son personas normales, sino unos pejigueras, que van a seguir entorpeciendo el desahucio, éste se tendría que desjudicializar y administritativizar, y, desde luego no se tambalearía el sistema jurídico español, los notarios, p.ej., son los que tramitan las herencias "ab intestato", de parientes directos, y, los asuntos van mejor y más rápido, que cuando se tramitaban en un juzgado.