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A PETICIÓN DE SUS HEREDERAS

Anulan una sentencia a Saramago por deudas de 717.000 euros con Hacienda

Fue condenado sólo dos meses antes de su muerte a pagar más de 700.000 euros por no justificar su residencia fiscal en Portugal.

El Tribunal Supremo ha anulado parcialmente una sentencia de la Audiencia Nacional que reclamó en 2010 a José Saramago el pago de 717.651 euros a la Hacienda española al entender entonces que el Premio Nobel no podía justificar su residencia fiscal en Portugal.

La sentencia de la sección segunda de lo Contencioso Administrativo, a la que ha tenido acceso Efe, estima parcialmente el recurso de casación interpuesto por las herederas legales del escritor portugués: su viuda, la española Pilar del Río, y su hija Violante.

Saramago, fallecido el 18 de junio de 2010, fue condenado en abril de ese año, sólo dos meses antes de su muerte, a pagar más de 700.000 euros por los ejercicios fiscales 1997, 1998, 1999 y 2000, en los que el escritor, que residía en Tías, en la isla canaria de Lanzarote, abonó sus impuestos en Portugal.

La Audiencia Nacional desestimó entonces, en la sentencia ahora anulada, un recurso de Saramago contra una decisión anterior del Tribunal Económico Administrativo Central, de 2008, que entendió que el Nobel tenía su residencia permanente en España y, por tanto, debía responder ante el fisco español y no el portugués.

El Supremo anula en su sentencia lo relativo a los ejercicios 1999 y 2000 al entender que Hacienda "superó claramente" el plazo máximo de doce meses para la tramitación de las actuaciones inspectoras (1.281 días entre 2002 y 2005) y no cabe alegar, como hicieron la administración tributaria y las instancias judiciales inferiores, que el retraso fuera imputable casi únicamente a Saramago.

Las liquidaciones de los años 1997 y 1998 no fueron objeto del recurso de casación.

En la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado José Antonio Montero Fernández, el Supremo reconoce que Saramago "adoptó una actitud claramente obstruccionista" con Hacienda.

Pero no se puede entender, alegan los jueces del alto tribunal tras analizar la documentación, que la inspección se prolongara exclusivamente por culpa de Saramago, aun teniendo en cuenta "el grado de complejidad y dificultad" de la actuación de la agencia tributaria, entre otros motivos por estar implicadas las administraciones de varios miembros de la UE.

La Hacienda española entendió que el escritor tenía su vivienda permanente desde 1993 en Tías, poseía tarjeta de residente en España, estaba empadronado en ese ayuntamiento canario y recibía ingresos de entidades españolas como el diario El País, la Fundación Duques de Soria, la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP) o la Complutense de Madrid. Por tanto, debía responder ante el fisco español y no el portugués.

Pero los abogados de Saramago defendieron que el Nobel "tenía su centro de intereses vitales y económicos en Portugal, en donde Saramago declaró, ininterrumpidamente, la totalidad de sus ingresos".

Saramago, en el proceso judicial, alegó que se vio obligado a vivir en España después de la persecución sufrida en Portugal -"una ruptura con el gobierno de Portugal tras la censura por parte de éste de su novela El Evangelio según Jesucristo"-, pero que "ello no supuso un traslado definitivo a la isla ni una ruptura social, económica y cultural con Lisboa, ciudad en la que vive desde 1924".

Los abogados de Saramago subrayaron que el escritor "rompió con el Gobierno portugués, pero no con Portugal", y por ello siguió en contacto con la vida cotidiana portuguesa.

Entre esos vínculos, citaron a su hija y sus nietos, sus amistades, la creación de la Fundación José Saramago en 2007, con sede en Lisboa, así como otros detalles, como su afiliación al Partido Comunista, su candidatura a las elecciones europeas en 1999 o la cesión de sus derechos a la editorial portuguesa Caminho

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