Menú

'El Cuco' tendrá que pagar los 414.908 euros por los gastos de la búsqueda de Marta

El Alto Tribunal rechaza de esta manera el recurso presentado por el abogado de "el Cuco" por carecer "manifiestamente de fundamento".

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación presentado por el abogado del joven apodado "el Cuco" para que se anule la obligación que le impuso la Audiencia de Sevilla de pagar 414.908 euros por los gastos derivados de buscar el cuerpo de Marta del Castillo en el río Guadalquivir.

La sala de lo Penal del Supremo, en un auto al que ha tenido acceso Efe, dice que en el caso no concurre el principio de unificación de doctrina que alegó el defensor del menor, por lo que su recurso "carece manifiestamente de fundamento".

El recurso se refería la obligación de pagar los 414.908 euros que costó la búsqueda del cuerpo de Marta -desaparecida en enero de 2009- en el río Guadalquivir, tras la sentencia de la Audiencia de Sevilla que confirmó la absolución del "Cuco" de la violación y muerte de la joven pero le impuso dos años y once meses de reclusión por encubrir el homicidio cometido por su amigo Miguel Carcaño, condenado a su vez a 20 años de cárcel.

Dichas cantidades fueron abonadas por el Ministerio del Interior, el Puerto de Sevilla, la Guardia Civil, el Ayuntamiento de Sevilla y la Unidad Militar de Emergencias (UME) para buscar el cuerpo de Marta durante varios meses en el Guadalquivir, donde los acusados dijeron haberlo arrojado.

La Audiencia, en cambio, no condenó al menor a pagar el resto de indemnización hasta los 616.319 euros pedidos por el fiscal porque excluyó la posterior búsqueda del cuerpo en un vertedero y en una zanja, adonde se desplazaron los efectivos por declaración de Carcaño, pero no del "Cuco".

El abogado del "Cuco" alegó diversas sentencias supuestamente contradictorias sobre el mismo asunto, pero el Supremo responde que no existe "una igualdad en los hechos enjuiciados ni en los datos sobre la personalidad y situación del menor, su entorno familiar o social, su edad o sus necesidades, parámetros que configuran el objeto de la contradicción" según la ley.

En este caso, "ni por la naturaleza de las contradicciones denunciadas, ni por el resto de los requisitos legalmente establecidos resulta legalmente procedente la admisión del recurso", según el TS, ya que el defensor "del Cuco" "se limita a mostrar su discrepancia con la sentencia recurrida en extremos ajenos al objeto de la contradicción en el sentido expresado por la Ley Penal del Menor".

Francisco Javier G.M. apodado "el Cuco", ya está cumpliendo en un Centro de Menores su condena, pero el juzgado de Menores de Sevilla, que debía ejecutar el fallo, dejó en suspenso la ejecución de los embargos sobre los bienes de sus padres a la espera de la resolución del Supremo.

Temas

En Sociedad

    0
    comentarios
    Acceda a los 12 comentarios guardados