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La Universidad de Sevilla certifica la "legalidad" de un paro académico impuesto a todos

El rector dice que el paro afecta a "los derechos y expectativas de muchas personas en una dirección u otra".

Tras la declaración de paro académico decretada por el Consejo de Alumnos de la Universidad de Sevilla(CADUS), paro que conlleve el cese total de actividades durante 15 días en plena época de exámenes parciales y finales, los órganos rectores de la Universidad han certificado la legalidad de dicho paro que implica de hecho el cierre de la Universidad puesto que ni se podrán dar clases, ni realizar prácticas ni desarrollar tutorías. El rector, Antonio Ramírez Arellano, del sector oficialista inspirado por el PSOE, tras haber encendido los ánimos estudiantiles con proclamas sobre los recortes del PP, dice ahora que este paro afecta a "los derechos y expectativas de muchas personas en una dirección u otra". El paro académico es una figura que no respeta la libertad de profesores alumnos para aceptarlo o no, como en el caso de la huelga, sino que se impone a todos sin distinción.

Ahora, el rector pide a los 65.000 alumnos a los que les afectará el paro quieran o no "un grado extra de rigor" en su aplicación desde el día 24 de mayo hasta el 7 de junio coincidiendo, como era de esperar, con las movilizaciones convocadas nacionalmente contra la política educativa del gobierno del PP en una ofensiva que pocos podrán considerar casual. El propio periódico El País anuncia un seguimiento especial de los acontecimientos, incluso con un seguimiento en directo y al minuto de los acontecimientos como anuncia en su primera página del formato digital.

Es dicho periódico el que dice hoy que el rector sabe "que el paro académico le va a causar enormes problemas, especialmente dada la extensión (dos semanas) y las fechas de la convocatoria, en la recta final del curso". Es la primera vez que se convoca y es mucho más que una huelga porque la huelga puede ser voluntaria o no, pero el paro académico no lo es, afecta a todos, profesores y alumnos y equivale de hecho a un cierre de la Universidad. En este caso, no se sabe si va a afectar a los exámenes convocados para las fechas previstas para el paro aunque es más que probable que sí.

¿Democracia directa o imposición anticonstitucional?

El que un grupo de estudiantes que no tiene por qué ser mayoritario y supuestamente representativo pueda provocar esta situación está incluso aceptado por la Universidada. Sorprendentemente, el "paro académico" está regulado incluso en la Universidad de Sevilla en el Reglamento General de Estudiantes. Según este reglamento, es el CADUS el que puede aprobar definitivamente un paro académico, por lo que es conveniente que se recuerde cómo y en qué consiste la representación de los alumnos en la Universidad hispalense.

El CADUS es el órgano máximo de representación de los miles de estudiantes de la Universidad de Sevilla. Está compuesto por los 263 delegados de alumnos de los Centros y en su cúspide se compone de nueve delegados, elegidos entre lellos, a los que se añade el personal de apoyo de la Universidad, que le cede para su actividad no sólo locales sino asimismo "dotaciones materiales y presupuestarias", tal y como se indica en el Estatuto de la Universidad, artículo 103. Esto es, una especie de sindicato oficial.

Los estudiantes sevillanos pueden participar y decidir en las Asambleas de grupo, de curso, de Centro y de Universidad y el Consejo de Alumnos de la Universidad de Sevilla (CADUS). En ellas, se eligen los órganos de representación que son los delegados de grupo y curso, las Delegaciones de Alumnos de los Centros y el CADUS que, como dice en su apartado de funcionamiento, "según los Estatutos de la Universidad de Sevilla, el sistema de participación y decisión de los alumnos es la Democracia Directa".

La "democracia directa" según el Cadus, "Es un sistema democrático diferente al que estamos acostumbrados: la Democracia Representativa. Se diferencia básicamente en que en la Representativa votas a una persona para que decida por tí mientras que en la Democracia Directa todos deciden por igual en Asamblea."

Pero de hecho, como sigue diciendo el propio reglamento de estudiantes, todo puede convertirse en la imposición de una minoría sobre la mayoría dados los quorum exigidos y el peculiar sistema de asistencia. En el artículo 10 del Reglamento se dice lo siguiente:

3. El funcionamiento de las Asambleas se regirá por las siguientes directrices:

a) El quórum necesario para su celebración y toma de decisiones será:

• el 25% para las Asambleas de curso y de grupo,

• el mínimo entre 280 y el 15% para las Asambleas de Centro,

• el 5% para la Asamblea de Universidad.

Esto, el 5 por ciento de asistentes a una asamblea puede llegar a condicionar al 95 por ciento restante. E incluso, pueden asistir a tal asamblea y hablar en ella personas ajenas a la misma.

Tampoco se sabe si se cumple o no que los delegados lleven a cabo la identificaciñon y el recuento de los asistentes así cuál es el sistema de votación elegido puesto que en ningún momento se habla de urnas y voto secreto.

El paro académico

En el artículo 13 del Reglamento de estudiantes de la Universidad de Sevilla aceptado por sus organos rectores, se dice que los representantes de los estudiantes "tendrán derecho a declarar paro académico

en su ámbito respectivo en apoyo de sus reivindicaciones, que podrá ser parcial o total, afectando a todas las asignaturas y materias del ámbito, y supondrá la interrupción de todas las actividades docentes afectadas, como es el caso del paro decretado en Sevilla.

El paro académico podrá tener una duración máxima de dos semanas, pudiendo ser prorrogado por períodos de la misma duración máxima. La decisión será comunicada a los Decanos o Directores de Escuela quienes, a su vez, lo comunicarán al profesorado afectado, que no podrán objetar nada a la decisión.

La declaración de paro requiere el voto favorable de dos tercios del total de los componentes de derecho de la Asamblea del ámbito respectivo. En la Universidad, el paro sólo puede ser decidido por el CADUS. Se votó por delegaciones, no por personas. De 25 delegaciones, 19 votaron a favor y 5 en contra con una abstención. Antes de la decisión, debeerían haberse celebrado asambleas en todos los Centros de los que tendría que haber un acta presentada en el propio CADUS.

De haberse votado por delegados, tendría que haber habido un voto favorable de 174 delegados, pero no se sabe siquiera cuántos de ellos asistieron a la asamblea del pasado viernes en el Pabellón de Uruguay que tomó la decisión.

Si hubiera algun requiusito que no se hubiera cumplido, los Decanos y Directores de Centro y los Directores de Departamento pueden solicitar de las delegaciones respectivas copia del acta de la Asamblea o reunión del CADUS según corresponda y dejar sin efecto el paro, pero nada de este se ha producido.

El caso es que una minoría de estudiantes puede imponer de hecho un paro académico general a toda una Universidad con miles de estudiantes y profesores con unas normas confusas y nada concretas sobre aspectos decisivos como nivel de asistencia y sistema de votación que han sido incomprensiblemente aceptados por las autoridades universitarias.

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