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El Supremo da la razón a FAES frente a la periodista Margarita Saénz-Díez

La sentencia concluye que la periodista dañó el prestigio de dicha Fundación.

La Sala Primera del Tribunal Supremo ha fallado a favor de la Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales (FAES) en el pleito abierto contra la periodista Margarita Sáenz-Díez a consecuencia de su intervención en el programa 59 segundos emitido por Televisión Española el 1 de noviembre de 2006.

En dicho programa, se analizaron los resultados obtenidos en las elecciones autonómicas al Parlamento de Cataluña. Durante el desarrollo de este programa la demandada vinculó a la Fundación Faes con la financiación del partido político Ciudadanos de Cataluña.

"Es un grupo muy heterogéneo, porque hay ácratas como Boadella, hay genialidades en esas filas, hay algún catedrático de Derecho Constitucional de una gran envergadura, pero hay otros pensadores directamente influidos, si no cuidados, desde el punto de vista de la financiación, por la FAES, que si los espectadores no lo saben es la fundación de estudios que preside José María Aznar , y ese es un dato que está ahí. Y, por tanto, vamos a ver, conociendo ese dato, a partir de ahora, que pasa, por tanto, esa ingenuidad de decir los independientes, como alguien ha dicho aquí, pues tampoco lo son mucho, esa es la verdad. Vamos a ver qué política hacen en el Parlamento de Cataluña, y a ver si realmente tienen una servidumbre que les obliga a aproximarse al PP o no, en pocos días lo veremos", señaló la periodista.

La demanda de FAES por intromisión en su derecho al honor fue estimada en primera instancia por el juzgado de Número 11 de Madrid y confirmada posteriormente por la Audiencia Provincial, que únicamente alteró el modo en que se debería dar difusión a la sentencia condenatoria señalando que la rectificación debería hacerse en el programa 59 segundos o en alguno de formato televisivo similar.

Ahora, el Supremo ratifica también esta condena por intromisión en el honor de FAES y le obliga a indemnizarles con 6.000 euros. La sentencia, cuya ponencia ha correspondido al magistrado Marín Castán, considera que la periodista no formuló una mera opinión sino que las manifestaciones vertidas durante la emisión del programa de TVE no cumplieron con la exigencia constitucional de ser veraz cuando señaló que FAES financiaba al partido Ciudadanos.

El Alto Tribunal concluye que Margarita Sáenz-Díez "ha dañado el prestigio de la fundación al imputar a esta unas actividades contrarias a sus estatutos y a la ley en la televisión pública".

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