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AFECTABA A VARIOS CONSEJEROS

Archivan la causa de los "sobresueldos" de la Cámara de Cuentas andaluza

El fiscal del Tribunal de Cuentas, Olayo Eduardo González, dependiente del Fiscal General del Estado, ha archivado las diligencias preprocesales incoadas respecto a los gastos de representación de los consejeros y secretaria general de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

El fiscal del Tribunal de Cuentas, Olayo Eduardo González,  que depende funcionalmente del Fiscal General del Estado, ha archivado, tras deteriorar la imagen de la institución andaluza que más incomoda al gobierno socialista de la Junta de Andalucía, las diligencias preprocesales incoadas respecto a los gastos de representación de los consejeros y secretaria general de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

La decisión "confirma la legalidad del acuerdo tomado con publicidad y transparencia hace casi seis años por el pleno de esta institución, de conformidad, por otra parte, con los asesoramientos oportunos", según la Cámara de Cuentas Andaluza.

Pero como la herida escuece, la Cámara, en su comunicado, afirma: "Para este organismo no deja de resultar llamativo que algunos aspectos del funcionamiento ordinario de la Cámara de Cuentas como el uso limitado de los tres coches para los ocho altos cargos que tiene la institución, o la dirección de un curso en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo que, por otra parte, estuvo financiado con ayudas de entidades financieras de Andalucía y de una revista especializada, se presente como ejemplo de mal funcionamiento o grave irregularidad".

Igualmente, subraya que el ataque sufrido por el consejero mayor de la Cámara de Cuentas, el jerezano Rafael Navas, catedrático e independiente políticamente, no se ha fundado en la realidad. Aunque se le acusó de recibir ayudas para su vivienda en Sevilla, "igualmente, por lo que se refiere al alquiler de la vivienda del consejero mayor, hacemos constar que tanto desde el punto de vista jurídico-privado como administrativo y fiscal, Rafael Navas tiene su residencia habitual en un municipio de la provincia de Cádiz, de cuya Universidad es catedrático desde 1998, situación en la que se encuentra en el año 2002 cuando se produce su nombramiento".

Curiosamente, fue el fiscal jefe del Tribunal de Cuentas, Olayo Eduardo González Soler, el que había abierto diligencias preprocesales (nº 85/89) para determinar si existen responsabilidades contables en los acuerdos adoptados por la Cámara de Cuentas de Andalucía para que sus siete consejeros y su secretaria general cobren unos «sobresueldos» que podrían oscilar entre 600 y 750 euros mensuales y que habrían sido aprobados en concepto de «gastos de representación».

Olayo Eduardo González Soler, que pertenece a la carrera Fiscal y depende funcionalmente del Fiscal General del Estado, abrió la investigación a raíz de que en 2009 se publicasen diversas informaciones sobre los «sobresueldos» de los consejeros de la Cámara de Cuentas. En noviembre de 2009, el fiscal jefe envió a la Cámara de Cuentas un escrito comunicándole la apertura de diligencias preprocesales, para lo cual le requirió los acuerdos que habrían permitido a los consejeros de la Cámara de Cuentas percibir esos «sobresueldos».

Pero de todo lo publicado sobre los dineros sindicales, las "colocaciones" varias de familiares y amigos y de numerosos hechos que vienen publicándose desde hace años sin solución de continuidad y otros más de los que se aportan a la información ciudadana, el Tribunal de Cuentas parece no tomar nota. Si la prensa es la fuente de su inquietud, hay otros muchos hechos que deberían causarla. Pero al parecer hay hechos "selectivos" más inquietantes que otros.

Nota  completa de la Cámara de Cuentas 

El archivo de las Diligencias Preprocesales incoadas por el Fiscal del Tribunal de Cuentas respecto a los gastos de representación de los Consejeros y Secretaria General de la Cámara de Cuentas de Andalucía confirma la legalidad del acuerdo tomado con publicidad y transparencia hace casi seis años por el Pleno de esta institución, de conformidad, por otra parte, con los asesoramientos oportunos.

La apertura de las mencionadas diligencias constituye el procedimiento normal y ordinario de relación de los órganos autonómicos con la fiscalía del Tribunal de Cuentas para aportarle la información necesaria para garantizar la rigurosa gestión de los fondos públicos. En dicho procedimiento la Cámara de Cuentas de Andalucía prestó desde el principio su más completa y diligente colaboración en la seguridad de contribuir con su actuación al desarrollo y profundización de los controles al que deben someterse los organismos del sector público, despejando con ello cualquier duda con respecto al proceder de la institución y de sus miembros.

La Cámara de Cuentas ha sostenido que el sistema de gastos de representación aprobado por el Pleno ha tenido como objetivo prioritario intentar limitar de manera clara, precisa y transparente las partidas destinadas a este concepto. Por lo tanto, su actuación se ha ajustado, en todo momento, a la normativa existente y se encuentra dentro de los ámbitos de actuación de otros organismos de similares competencias.

El archivo de las diligencias por parte de la que, no se debe olvidar, es la máxima autoridad de control de nuestro país, deja fuera de toda sospecha la actuación de este Pleno y debería hacer reflexionar a aquellos que han cuestionado la forma de proceder de esta institución y de las personas que formamos parte de la misma.

Los consejeros, que son elegidos entre personas de reconocida competencia profesional, han seguido trabajando en el desarrollo normal de sus funciones, incluidos los que están pendientes de renovación, y continuarán en sus puestos de trabajo, a la espera de que, por los procedimientos establecidos por la ley, se resuelva la renovación por los órganos competentes.

No deja de resultar llamativo que algunos aspectos del funcionamiento ordinario de la Cámara de Cuentas como el uso limitado de los tres coches para los ocho altos cargos que tiene la institución, o la dirección de un curso en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo que, por otra parte, estuvo financiado con ayudas de entidades financieras de Andalucía y de una revista especializada, se presente como ejemplo de mal funcionamiento o grave irregularidad.

Igualmente, por lo que se refiere al alquiler de la vivienda del Consejero Mayor debe hacerse constar que tanto desde el punto de vista jurídico-privado como administrativo y fiscal, Rafael Navas tiene su residencia habitual en un municipio de la provincia de Cádiz, de cuya Universidad es catedrático desde 1998, situación en la que se encuentra en el año 2002 cuando se produce su nombramiento.

Deseamos señalar que en todo este proceso la Cámara de Cuentas ha actuado, como viene haciendo siempre, de forma absolutamente discreta y respetando el papel que a todas las instituciones y también a los medios de comunicación otorga la Constitución. Por ello, ha ofrecido cuantas explicaciones se le han solicitado, con la misma base y argumentación que ha resultado suficiente a la Fiscalía del Tribunal de Cuentas para emitir su dictaminen.

Por último, para la Cámara de Cuentas de Andalucía es del mayor interés mantener entre los órganos fiscalizados y entre la opinión pública la imagen de rigor y seriedad que debe desprenderse de la función que ejerce. Por lo tanto, con estas aclaraciones espera despejar cualquier tipo de dudas sobre su actuación, y seguirá trabajando en su función fiscalizadora, que es su principal cometido.

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