El ministro dijo que ni la resolución del Tribunal Constitucional ni la de la Audiencia Nacional "afectan al fondo, se trata de medidas que no responden al fondo del asunto, sino a la ordenación del procedimiento, y frente a las dos resoluciones el Gobierno actuará por su procedimiento y por su causa y desde la convicción de que le asiste la razón en derecho".
Además manifestó que "ni la Constitución ni la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, ni la jurisprudencia del Constitucional contemplan la posibilidad de suspender una Ley del Estado porque se interponga un recurso de inconstitucionalidad". Explicó que "esa suspensión es directamente contraria al artículo 30 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y, desde luego, a la Constitución".
El ministro reiteró que "se trata de actos que aplican una Ley adoptada por el Parlamento, que es la soberanía popular, y por tanto perfectamente conformados en derecho y que no existe ningún interés superior al de la aplicación de la Ley, ni ninguna apariencia de perjuicio". López Aguilar quiso transmitir un mensaje de "tranquilidad y serenidad" e insistir en que el Gobierno responderá por su cauce, a través del servicio jurídico del Estado, "convencido de tener la razón en Derecho y que la razón viene aquí cimentada por una Ley aprobada en el Parlamento".