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El CAC estatal, un órgano censor en manos de De la Vega

La semana pasada, el pleno del Congreso aprobó la nueva Ley General Audiovisual. Su objetivo, según sus impulsores, es poner orden en el sector y agrupar decretos y leyes que estaban dispersos. Pero la norma esconde algunas posibilidades inquietantes para la libertad de expresión.

La semana pasada, el pleno del Congreso aprobó la nueva Ley General  Audiovisual. Su objetivo, según sus impulsores, es poner orden en el  sector y agrupar decretos y leyes que estaban dispersos. Pero la norma  esconde algunas posibilidades inquietantes para la libertad de  expresión.

La ley fue aprobada el pasado jueves por el pleno del Congreso tras un largo proceso. Votaron a favor PSOE, CiU y CC. En su contra se posicionaron los diputados del PP, IU y ERC, y el PNV se abstuvo.  El objetivo declarado de la norma es adaptarse a los nuevos tiempos y medios tecnológicos, ordenar las leyes y decretos ya existentes –como el decreto ley aprobado en pleno agosto para dar vía a libre a la TDT de pago de Roures– y “despejar incertidumbres” en torno al sector.

Así,  en la ley se incluyen aspectos tan discutidos como la obligatoriedad de los canales privados de invertir el cinco por ciento de sus ingresos en cine europeo. También se establece que sólo puedan emitirse programas de juegos y apuestas entre la una y las cinco de la mañana, la prohibición de emitir en abierto de la pornografía y la violencia gratuita, se regula el tiempo y modo de emisión de publicidad en sus distintas variantes así como la obligación de televisiones estatales y autonómicas de hacer accesible parte de su programación a discapacitados. Pero entre la maraña de normas especificadas por el reglamento destaca, sobretodo, un aspecto: el de la creación del Consejo Estatal de Medios Audiovisuales, una especie de Consejo Audiovisual de Cataluña (CAC) a nivel estatal con una larga lista de atribuciones.

El nuevo Consejo Estatal de Medios Audiovisuales tendrá la facultad de sancionar e incluso retirar la licencia a aquellos medios, radios y televisiones, que infrinjan determinadas normas de la nueva ley.  Adscrito al Ministerio de la Presidencia, es decir, a María Teresa Fernández de la Vega, estará compuesto por nueve miembros cuyos nombres serán elegidos por el Congreso de los Diputados con una mayoría de tres quintos. Su perfil será el de “personas de reconocida competencia en materias relacionadas con el sector audiovisual”.

Entre la larguísima lista de cometidos, destaca uno: el “ejercicio de la potestad sancionadora” establecida en la ley. Y es que los medios, a partir de la publicación de esta norma en el BOE, deberán cumplir una larga serie de obligaciones si no quieren correr el riesgo de ser sancionados con multas que pueden ascender al millón de euros o, y esto es más grave, la revocación de las licencias.

Según establece la nueva norma, las televisiones serán multadas con multas de entre 500.000 a un millón de euros si cometen infracciones como la emisión de contenidos o publicidad “que de forma manifiesta fomenten el odio, el desprecio o la discriminación por motivos de nacimiento, raza, sexo, religión, nacionalidad, opinión, o cualquier otra circunstancia personal o social”. También se enfrentarán a esta multa si incumplen las inversiones en cine español o lo relativo al tiempo de emisión de publicidad y televenta en un veinte por ciento más de lo permitido dos veces en el día.

También tendrán que pagar el mismo importe aquellos medios que, a juicio de los integrantes del Consejo, incumplan el siguiente y ambiguo artículo, relativo a los derechos del público a la “comunicación audiovisual plural”: “La prestación plural debe asegurar una comunicación audiovisual cuya programación incluya distintos géneros y atienda a los diversos intereses de la sociedad, especialmente cuando se realice a través de prestadores de titularidad pública”.

La sanción, en este caso concreto, y en el de otros relacionados con la legalidad de las emisiones, puede venir acompañada de la “revocación de la licencia”, lo que conllevaría el cierre del medio. Aunque estas son las más graves, no son las únicas. Para casos de infracciones consideradas graves o leves, los importes de la multa oscilan entre los 500.000 y los 50.000 euros.

Llama la atención que en todo este apartado, y pese a las amplísimas atribuciones del Consejo, la figura del juez es inexistente. Sólo se menciona que sus resoluciones, como ocurre con todas las disposiciones administrativas, pueden ser recurridas “en vía contencioso-administrativa”. El daño al medio infractor, sin embargo, ya estaría hecho.

La "vocación controladora" de De la Vega

El PP, que se abstuvo en trámites anteriores relativos a la norma, sí se opuso en el momento de la aprobación de la ley y dejó claro su rechazo a todo su articulado. El encargado de defender la postura de los populares, el diputado Miguel Ángel Cortés, explicó, en declaraciones a Libertad Digital, que una de las razones de su rechazo es, precisamente, la aprobación de un Consejo audiovisual que se convierte “en una clarísima amenaza a la libertad”.

Cortés recordó algo tan básico como que el cierre de un medio de comunicación “debería estar reservado a un juez” y no a un órgano administrativo, y culpó directamente a De la Vega y a su “vocación controladora” de la creación del CEMA. La Comisión del Mercado de Telecomunicaciones ya contemplaba establecer un órgano semejante en su seno pero en ese caso, el organismo no dependería de Presidencia sino de Industria.

El diputado consideró que las infracciones que conllevarían sanciones muy graves no están “nada definidas”, por lo que “el margen para la arbitrariedad es muy grande”. Además apuntó que también es muy peligroso para la pervivencia de algunos medios no sólo la facultad de cerrarlos sino de multarles de forma reiterada hasta asfixiarlos económicamente.

Para Cortés, pesará sobre radios y televisiones “una amenaza” y se fomentará la “autocensura”, porque el “temor a la sanción puede ser brutal”. Además, apuntó que la escasa definición del objeto de esta ley hace que páginas web, blogs o diarios digitales que incluyan contenidos audiovisuales puedan ser también blanco de las sanciones gubernamentales.

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