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El ex ministro Corcuera tendrá que pagar 9.000 euros a Pablo Sebastián por decir que "perdía aceite"

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena que impuso la Audiencia de Madrid al ex ministro del Interior, José Luis Corcuera, a pagar una indemnización de un millón y medio de pesetas (9.015 euros) a Pablo Sebastián por alusiones sobre su supuesta orientación sexual. La cantidad es sólo el uno por ciento de lo que pedía el periodista.

L D (EFE) Corucuera hizo estas polémicas declaraciones durante la conferencia de prensa, celebrada el 23 de noviembre de 1993, en la que anunció su dimisión como ministro, después de que el Constitucional ordenara modificar parcialmente la Ley de Seguridad Ciudadana, conocidad como la ley "de lapatada en la puerta".

"Yo soy muchos fino que don Pablo Sebastián, que cuando escribe firma como 'Aurora Pavón', hasta ahí no he llegado. En fin, soy menos fino. También menos fino que otros, no, en fin, porque además a mi con el aceite no me gusta rebalar; con la pérdida de aceite quiero decir. Pues bien...¡Ay que fino he sido! Esto de que no soy fino es una tontería de algunos", dijo el entonces ministro.

El Supremo rechaza el recurso de Corcuera y establece que cometió una intromisión ilegítima en el honor del periodista que no está amparada por la libertad de expresión, por lo que le condena al pago de esta indemnización, frente a los 150 millones de pesetas reclamados por el perjudicado. Recuerda que "los recursos del lenguaje, la administración de las pausas o el dominio de los gestos no impiden apreciar la ilicitud de alusiones personales más o menos veladas o encubiertas" y en este caso explica que tras la reproducción de la cinta de vídeo en la que se grabó la rueda de prensa las alusiones a la "pérdida de aceite" iban referidas al periodista.

Explica que anteriormente lo había mencionado bromeando sobre su seudónimo femenino y la menor "finura" que tenía "tras una estudiada pausa, pero precisamente al hilo de esa menor finura del ex ministro en comparación con 'otros' no era sino la forma de aludir nuevamente al único periodista mencionado en la rueda de prensa". Además, el Supremo estima que "el broche final" de la intervención enorgulleciéndose de lo "fino" que le había quedado la expresión, "es la mejor demostración del logro de su verdadero propósito, esto es, que todos los periodistas presentes entendieran que su colega, el único nominalmente identificado 'perdía aceite'".

La sentencia indica que la expresión "perder aceite" relacionada con la homosexualidad "comporta precisamente la atribución de tal indignidad a esa orientación sexual, o al menos la intención de ridiculizarla, sobre todo, si como hizo Corcuera se compara con la rudeza, tosquedad o falta de 'finura' como encomiables atributos propios de la virilidad".

El Supremo rechaza que el ataque al honor "mediante una expresión objetivamente vejatoria pudiera quedar justificado por la libertad de expresión" del ex ministro y considera que "ya es en sí mismo reprochable que éste se aprovechara de la masiva concurrencia de representantes de los medios de comunicación" para lanzar "su ataque personalizado al hilo de una pregunta que nada tenía que ver con las críticas de su gestión". Concluye que es "injustificable que un ministro responda a las críticas de un periodista sobre su gestión política descalificando a éste por su supuesta orientación sexual".

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