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El TSJM castiga a Gallardón y anula el "decretazo" para aumentar el coste de las multas

El TSJM ha dado un revés al Ayuntamiento madrileño y ha anulado un decreto del 2005 por el que se aumentaban un 50 por ciento el importe de las multas de tráfico. Según Dvuelta, que interpuso el recurso, ahora "millones de multas" podrán ser recurridas.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado el decreto de 2005 del Ayuntamiento de Madrid por el que el Gobierno municipal incrementaba en un 50% el importe de las multas de tráfico.

Así lo ha informado en un comunicado la asociación de defensa de los conductores Dvuelta, responsable en enero de 2006 de un recurso interpuso contra el conocido "multazo", que establecía subidas superiores al 50 pro ciento en la mayoría de las sanciones de circulación.

La sentencia del TSJM, de 18 de junio de 2009 y que se puede recurrir ante el Tribunal Supremo, estima este recurso y declara que el Decreto municipal de 2 de noviembre de 2005 "vulnera el principio de jerarquía normativa y el de proporcionalidad".

Representantes de Dvuelta han avanzado que "millones de multas" podrán ser recurridas alegando la jurisprudencia de la resolución judicial. Según sus cálculos, el Ayuntamiento habría ingresado indebidamente 200 millones de euros desde 2006.

La asociación ha comprobado que el Tribunal le da la razón en su argumento de que la ordenanza "vulnera el principio de legalidad en cuanto que las sanciones impuestas superan cuantitativamente el importe" previsto en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial de 1990.

La sentencia examina la ordenanza municipal y advierte "claramente" que se infringe el principio de jerarquía normativa "pues establece una cuantía fija para cada tipo de infracción sin tener en cuenta que la ley establece un margen o recorrido de la sanción".

El Ayuntamiento argumentó que el demandante carecía de legitimación al no tener un interés directo en el pleito, pero el TSJM rechaza esa idea al apuntar que "estamos en presencia de la impugnación de una disposición general, por lo que el recurrente es un destinatario de la misma y tiene interés en el pleito".

El fallo es recurrible ante el Tribunal Supremo, aunque la asociación DVuelta considera que "millones de multas", entre las que se encuentran las del SER, las de velocidad o las de aparcamiento, podrán ser recurridas alegando la jurisprudencia de la resolución judicial.

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