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Griñán quiere seguridad privada en su Palacio: tres puestos por 315.000 euros

Con la policía autónoma a su servicio, 88 auxiliares de seguridad propios funcionarios de la Junta, 19 coordinadores de seguridad, y 2 jefes de unidades de seguridad de edificios, José Antonio Griñán, quiere contratar tres puestos de seguridad privada para su palacio de San Telmo.

El contrato del concurso es por año y medio, según consta en los pliegos de condiciones, desde el 1 de enero de 2011 a 30 de junio de 2012, y el costo asciende a 267.000 euros sin IVA, que pasan a 315.060 euros sumado dicho impuesto.  

La descripción del servicio objeto de la contratación indica que serán 14.904 horas a prestar en el Palacio de San Telmo en tres puestos de seguridad, desglosados en dos puestos fijos y uno itinerante, de lunes a viernes en horario de 7:30 a 21:00 horas. Las funciones a realizar coinciden con las encomendadas a los agentes de seguridad de la propia Junta de Andalucía.

El pliego de prescripciones técnicas indica que existe una subrogación de personal que presta servicio en la Plaza de la Contratación (2 vigilantes de seguridad) y Av. De la Borbolla (1 vigilante de seguridad), puestos que, presumiblemente, pasan a prestar servicio a San Telmo con la mudanza realizada el pasado mes de agosto.

A pesar de contar con la policía autonómica que vigila el Palacio de San Telmo, la propia Junta de Andalucía cuenta con un cuerpo propio de 88 agentes de seguridad, 19 coordinadores de seguridad y 2 jefes de unidades de seguridad de edificios adscritos a la Consejería de Gobernación y Justicia que controla Luis Pizarro. Este cuerpo empezó a existir desde finales de los años 80 y tienen encomendadas las funciones de vigilancia y protección de los edificios públicos de la Junta de Andalucía, el control de acceso a los mismos y la revisión de la correspondencia mediante scanner. Sin embargo, la Junta de Andalucía ha venido privatizando el servicio de seguridad de todas las consejerías y delegaciones provinciales, retirando de las mismas a este cuerpo de agentes de seguridad propios y relegándolos tan solo a la vigilancia de las sedes de Gobernación y Presidencia, con lo que el costo en materia de seguridad se ha elevado exponencialmente en la Junta de Andalucía estos últimos años.

Auxiliares de seguridad inútiles para una Junta que no confía en ellos

 A pesar de venir funcionando desde final de los años 80, el cuerpo de auxiliares de seguridad aparece creado como tal en el Artículo 41 de la Ley 9/1996 de 26 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales en materia de Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica a Entidades de Derecho Público. Se indicaba, así, en su punto 2 que "las funciones que se encomiendan a este cuerpo son las de vigilancia, custodia y seguridad de los edificios, centros, dependencias, instalaciones y medios de la Junta de Andalucía; el control de acceso y permanencia de personas a los lugares anteriormente citados y del buen uso de los medios en ellos existentes; el control, a efectos de seguridad y con los medios adecuados, de mobiliario, paquetería, documentación cerrada, precintada o lacrada que pueda entrar en los lugares citados, y, en general, cualquier acción o actividad que pueda tener relación con las funciones anteriormente descritas."

Las funciones definitivas para este cuerpo vienen recogidas en el Decreto 189/2003, de 24 de junio, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional del Cuerpo de Funcionarios Auxiliares de Seguridad de la Junta de Andalucía, que en su artículo 5 indica:

Artículo 5. Funciones del Cuerpo.

1. De conformidad con lo establecido en el apartado del artículo de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales en materia de Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica a Entidades de Derecho Público, las funciones que se encomiendan al Cuerpo de Funcionarios Auxiliares de Seguridad son las siguientes:

a) La vigilancia, custodia y seguridad de los edificios, centros, dependencias, instalaciones y medios de la Junta de Andalucía.

b) El control de acceso y permanencia de personas a los lugares anteriormente citados y del buen uso de los medios en ellos existentes.

c) El control, a efectos de seguridad y con los medios adecuados, de mobiliario, paquetería, documentación cerrada, precintada o lacrada que pueda entrar en los lugares citados.

d) En general, cualquier acción o actividad que pueda tener relación con las funciones anteriormente descritas.

2. Asimismo, llevará a cabo las siguientes funciones:

a) Efectuar la supervisión e informe de las funciones que se realizan en los controles de acceso y vigilancia interior.

b) Garantizar la vigilancia del control de accesos y de los vehículos asignados para el servicio.

c) Velar por el funcionamiento del equipamiento y de los medios disponibles para la prestación del servicio.

d) Ejercer las funciones de coordinación y todas aquéllas que les sean propias cuando estén prestando sus servicios en la Central de Alarmas y Enlaces.

e) Verificar el funcionamiento de los sistemas de seguridad instalados en los edificios de la Junta de Andalucía, conforme a la planificación e instrucciones que se determinen en cada momento.

3. Para el adecuado cumplimiento de las funciones anteriores, los funcionarios del Cuerpo deberán:

a) Dar cumplimiento a las instrucciones relacionadas con los servicios que se prestan, en los términos que se transmitan por los superiores jerárquicos.

b) Identificar y acreditar a los ciudadanos que accedan a los edificios, indicándoles, en su caso, la dependencia que éstos demanden visitar. Cuando las condiciones técnicas y de personal lo permitan se solicitará la conformidad de la persona o dependencia que los vaya a recibir.

c) Cuando se prevea cualquier situación que altere o pueda alterar el normal desarrollo de la actividad en el edificio, centro, dependencia, instalación y medios de la Junta de Andalucía objeto de protección, inmediatamente dar conocimiento a quien proceda y adoptar las medidas de urgencia que se estimen necesarias.

d) Verificar el cumplimiento del servicio de vigilancia, el funcionamiento del equipamiento técnico y de los sistemas de seguridad instalados en los edificios.

e) En el ejercicio de sus funciones y en situaciones de necesidad, seguir las instrucciones que impartan los responsables de las fuerzas y cuerpos de seguridad.

f) Colaborar con los servicios de apoyo exterior (bomberos, protección civil, servicios sanitarios, etc.) en la ejecución de los planes de emergencia y evacuación de los edificios públicos donde presten sus funciones, que deberán conocer precisa, puntual y documentalmente.

g) Aún estando sujetos a los medios de control que para el personal de Administración general exista en los edificios en que presten servicio, la permanencia en su puesto de trabajo la acreditarán comunicando puntualmente a la Central de Alarmas y Enlaces la entrada, la salida, la imposibilidad de incorporarse al servicio y las ausencias que puedan producirse durante la jornada laboral.

               
Hay que recordar a los lectores que, por ejemplo, en este cuerpo de auxiliares de seguridad propios de la Junta de Andalucía presta servicio Carlos Chaves González, hermano de Manuel Chaves, expresidente de la Junta de Andalucía y actual vicepresidente 3º y Ministro de Política Territorial del Gobierno de Rodríguez Zapatero.

               
Este nuevo dispendio en seguridad disponiendo de personal específico para realizar la tarea, se une a al costo de remodelar el palacio, costo que según el PP señaló el pasado mes de mayo, ha pasado de los 46 millones que admite la Junta de Andalucía a más de 60 millones de euros.

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