
Estas son las líneas básicas del nuevo procedimiento sancionador:
Pronto pago: Si el infractor abona la multa en menos de 20 días tras la notificación de la infracción se beneficiará de un descuento del 50 por ciento, aunque eso sí, perderá el derecho a recurrirla.
Nuevo importe de las sanciones: Las sanciones leves serán castigadas con multa de hasta 100 euros; las graves con 200 y las muy graves con hasta 500 euros. Los importes no varían en función de quien imponga la multa, ya sea la Guardia Civil o una policía municipal.
Las multas, por correo electrónico: Las sanciones podrán notificarse por correo electrónico a través de la nueva Dirección Electrónica Vial (DEV) que, no obstante, no comenzará a funcionar hasta el próximo 25 de noviembre. Sin embargo, las multas seguirá llegando al domicilio por correo ordinario. En el caso de que no puedan ser notificadas, se publicarán en un nuevo boletín electrónico, el TESTRA, que sustituye a los boletines oficiales de las provincias.
Menos infracciones que restan puntos: Las infracciones que restan puntos del carné pasan de 27 a 20. No quitará puntos parar o estacionar en el carril-bus o circular sin luces cuando sea obligatorio.
Margen de error de los radares: Para evitar malas interpretaciones, la nueva ley establece que se seguirá respetando el margen de error de los radares de control de velocidad, que oscilan, según el modelo de cinemómetro, entre el 3 y el 10 por ciento.
El dinero de las multas irá a las víctimas de accidentes: La norma establece que el total del dinero recaudado por multas deberá destinarse a políticas de seguridad vial. Una parte se donará a las asociaciones de víctimas de accidentes.
Grúa y zona azúl: La grúa podrá retirar un coche aparcado en zona azul cuando no haya colocado el tique que permita su estacionamiento o cuando triplique el tiempo abonado.
Los morosos no podrán vender el coche: Los titulares de un vehículo que acumule cuatro sanciones graves o muy graves firmes sin pagar no podrán realizar ningún trámite relativo al mismo, como la venta o el traspaso.
Novedades en el catálogo de infracciones:
– Programar el navegador mientras se conduce será considerado infracción grave y detrae puntos.
– Estacionar en las plazas reservadas para discapacitados es una infracción grave, aunque no se pierden puntos.
– Llevar la matrícula ilegible también constituye una infracción grave, pero sin pérdida de puntos.
– Otra infracción grave es permitir que alguien que nunca ha tenido carné conduzca el vehículo de uno, aunque no se perderán puntos.
– Circular en bicicleta sin luces y elementos reflectantes: falta leve.
NUEVA TABLA DE PÉRDIDA DE PUNTOS.
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