
Las claves de la polémica ley
El Proyecto de Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo establece que hasta la semana 14 de gestación la mujer podrá abortar libremente, siempre que haya recibido información sobre sus derechos y sobre las ayudas de que puede disponer para la maternidad si tal fuera su decisión, al menos tres días antes del aborto.
De manera teóricamente excepcional, hasta la semana 22, la mujer podrá abortar sólo en dos supuestos: si estuviera en riesgo la vida o la salud de la embarazada o si hubiera graves anomalías en el feto.
La reforma no incluye pena de prisión para la mujer
La vicepresidenta ha puntualizado además que, siguiendo las recomendaciones del Consejo de Estado, el texto aprobado establece que la vida prenatal "es un bien jurídico que merece una protección eficaz" pero que "se articula a través de la voluntad de las mujeres y no en contra".
En cuanto al Código Penal, la nueva ley castigará no sólo a quien practica un aborto fuera de los supuestos establecidos en la ley, sino a quien lo haga sin contar con los informes preceptivos; a quien lo haga en un centro no autorizado, y a quien consienta o practique un aborto más allá de las 22 semanas de gestación fuera de los supuestos extraordinarios previstos en la ley.
De la Vega ha subrayado, no obstante, que la reforma no incluye pena de prisión para la mujer y que las modificaciones introducidas en la reforma "sólo refuerzan el principio de proporcionalidad de las penas en relación con las distintas conductas".
La reforma también refuerza, según el Gobierno, la protección de la intimidad y la confidencialidad de las mujeres. Respecto al trámite parlamentario, la vicepresidenta ha mostrado su voluntad de escuchar a todos los grupos.
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