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Niegan la custodia compartida a un padre por quedarse en paro

Una juez de Barcelona ha fallado de esta manera al considerar que su circunstancia "crea incertidumbre" sobre su futuro como padre.

Orinoco dijo el día 8 de Abril de 2011 a las 10:11:

A mí no me parece mala decisión en sí, y que una persona en paro está por ver que pueda cuidar en condiciones de su hijo. No obstante, coincido con la mayoría que están aquí en que si la que se hubiese quedado en paro fuese la madre, no sólo no se le trataría igual, sino que encima debería pasarles una pensión. ¿Porqué no se ha impuesto una pensión a la madre y se ha seguido con la custodia compartida? Eso es lo censurable y lo injusto. Como casi todo en la ideología de género.

gonsoani dijo el día 7 de Abril de 2011 a las 23:51:

Qué asco da la justicia, para el sexo debil claro está, es decir para el masculino.

develez dijo el día 7 de Abril de 2011 a las 23:19:

encima de ser pobre, no tiene derecho a ser padre.


Artículo 14 de la CE.

Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Qué pronto se le olvidan a las juezasfeminazis los artículos de la constitución una vez aprueban las oposiciones.

punt dijo el día 7 de Abril de 2011 a las 21:41:

Por cierto, me encanta lo de que la juez (que no jueza) ha tenido en cuenta "la actitud para cooperar entre ellos para asegurar la estabilidad de los pequeños".

Supongo que la habrá tenido en cuenta para premiar a quien demuestre que NO tiene dicha actitud, ya que el padre ha demostrado espíritu de cooperación con creces (alquilando un piso y cediendo más horas) mientras que la (mala) madre ha demostrado no tener ninguna intención de cooperar ("chivándose" a la mínima para obtener la custodia exclusiva).

Desde luego, hay mucha maltratadora suelta...

Un saludo.

PD: Puesto que los alquileres se firman con compromiso de permanencia... ¿pagará la (mala) madre al padre por los meses que deba él mantener el piso alquilado sin poder disfrutar de la custodia que motivó el alquiler?

Déjenme adivinar: aquí se aplica la "ley del embudo", ¿verdad?

punt dijo el día 7 de Abril de 2011 a las 21:35:

[italia34] No. Si la mujer se queda en el paro, seguirá manteniendo la custodia exclusiva porque el padre estará obligado a pasarle una pensión aunque para ello deba vender sus bienes, vivir en la calle y comer en Cáritas.

Eso es lo que se falla (fallo, de equivocación y no de resolución judicial) en los tribunales de violencia degenerada (es decir, en los tribunales donde se perpetra la violencia degenerada y sexista).

Un saludo.

Montesin dijo el día 7 de Abril de 2011 a las 21:29:

Y sigue el feminazismo.....

hsegurae dijo el día 7 de Abril de 2011 a las 20:24:

Una vez má,s la "justicia" demuestra que en Expaña, además de ciega es imbécil.

elviraba dijo el día 7 de Abril de 2011 a las 19:56:


Que se retire de los juzgados a esta Juez. No es apta para juzgar NADA.
¡Pobre hombre, perder el trabajo y perder la custodia de los hijos, como si fuesen bienes gananciales, habráse visto con la jueza!.

italia34 dijo el día 7 de Abril de 2011 a las 19:03:

¿Y la inverwa tambien es válida , sr. Juez? Si la madre se queda en paro ¿le negará la custodia compartida a la madre?
LA JUSTICIA ESPAÑOLA ES UN CACHONDEO.