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AUTOR DEL "TONTOS DE LOS COJONES"

Pedro Castro multará con 750 euros a quien le insulte

A quien se le ocurra “manifestarse incorrectamente” contra Pedro Castro, que llamó a millones de votantes del PP “tontos de los cojones”, será multado con hasta 750 euros en Getafe. Si le aplicara esa misma sanción a él debería pagar 8 millones de euros de multa por sus insultos.

JAVIER LOZANO

El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Getafe aprobó este miércoles, gracias al voto de calidad del alcalde Pedro Castro, una polémica normativa que multa con 750 euros a aquellas personas que se manifiesten "incorrectamente” hacia él. Sin embargo, aún resuena cuando insultó gravemente a los votantes del PP llamándoles “tonto de los cojones”.

Los ciudadanos y ciudadanas no se manifestarán incorrectamente o con insultos hacia la autoridad municipal, miembros de la Corporación municipal, miembros de la corporación, funcionarios o funcionarias y demás empleados de la misma, así como tampoco éstos hacia aquellos”, dice el texto.

"Castro debería pagar 8 millones de multa"

En declaraciones a Libertad Digital, el portavoz del PP en Getafe, Carlos González, ha denunciado con esta ordenanza Pedro Castro “ha perdido el contacto real con la ciudadanía” y se mostró indignado de que sea el propio alcalde socialista el autor de una norma que multe a quien le insulte.

“Nos llama la atención que aquel que insultó a más de 10,5 millones de votantes del PP y sobre todo a muchos demócratas, ahora pretenda con esta ordenanza sancionar a quien le insulte”, sentencia el popular.

Y es que aún está muy presente el famoso “tontos de los cojones” que Castro dedicó a los votantes populares por lo que el popular ha recordado que si al alcalde se le aplicara la misma ordenanza que él mismo ha creado debería pagar casi ocho millones de euros de multa al insultar a millones de personas de manera pública y notoria.

A su juicio, Pedro Castro está pendiente de miras políticas que superan la política local en Getafe. “Sólo le importa ganar puntos”, dice Carlos González, que además considera que su objetivo es es “ser el sustituto y cabeza del Partido Socialista de Madrid”, en connivencia con Rodríguez Zapatero.

El portavoz del PP ha acusado igualmente al regidor socialista de querer hacer caja con esta ordenanza lo que “va a pasar factura a nivel impositivo con un afán recaudatorio claro” en plena crisis y con 14.000 parados en la ciudad del sur de Madrid.

Tanto el PP como IU, socio de los socialistas en el Ayuntamiento, han pedido la retirada de esta ordenanza que fue aprobada gracias a que fue salvada por el voto de calidad de Castro, aprovechando que todavía no ha tomado posesión de su cargo el nuevo concejal del PP, que sustituía a otro.

Algunas acciones que serán sancionables

Quien escupa, orine o defeque en espacios públicos estará cometiendo una infracción leve, así como quien tienda ropa hacia la vía pública o sacuda prendas o alfombras por balcones y ventanas. Igualmente, se establecen multas de hasta 750 euros por dormir en la calle, regar en balcones y ventanas fuera del horario comprendido entre las 00 y las 8 horas, arrojar piedras u otros objetos a personas o vehículos, lavarse en las fuentes publicas y dejar jugar a los niños con barquitos, o abrevar caballerías, ganado y cualquier otra clase de animal.

Asimismo, se prohíbe, con multas de hasta 1.500 euros, causar daños en árboles, plantas y jardines públicos, arrojar basuras a la vía publica que dificulten el tránsito o generen insalubridad, realizar pintadas y deteriorar el mobiliario urbano, exhibir publicidad que haga apología de la violencia de género y disparar petardos, cohetes o cualquier otro artículo pirotécnico.

Como faltas muy graves, sancionadas con hasta 3.000 euros, se encuentran impedir deliberadamente el normal tránsito peatonal o de vehículos, romper la señalización pública y el mobiliario urbano o deteriorar los árboles, plantas y zonas de cesped. Tampoco se permite abrir o cerrar puertas, ventanas y persianas con estrépito y cantar o gritar en la calle o desde ventanas y balcones al exterior entre las 00 y las 8 horas, así como en la horas de la siesta, entre las 15 y 17 horas, de los meses de julio y agosto.

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