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Un juez desaloja de su casa a una mujer y sus hijos para dársela al marido, presunto maltratador

El juzgado de 1ª Instancia de Alcobendas (Madrid) dictó el pasado miércoles un auto en el que ordena la salida del domicilio familiar de una mujer y sus tres hijos menores, el próximo 7 de enero para que entre el marido, sobre el que pesa una acusación por maltrato.

L D (Agencias) Tras haber tardado 6 meses en dictar unas medidas provisionales que se suponen urgentes, por la existencia de un posible delito de amenazas, fuentes judiciales relacionadas con la esposa critican que el juez haya tardado, sin embargo, una semana en echar a la mujer y a los hijos de casa.

Ese auto se pronuncia así a favor del marido, que no tiene la custodia de ninguno de sus propios hijos, ni los de su pareja, ni paga la hipoteca de la casa y sobre el que pesa un procedimiento de violencia sobre la mujer.  

Todo comenzó cuando en diciembre de 2007 la esposa interpuso Demanda de Divorcio y Demanda de Medidas Provisionales contra su marido. La pareja no tenía hijos en común, y aunque ambos tenían descendencia de otros matrimonios anteriores, sólo ella tiene la guarda y custodia de los tres suyos.

A principios de abril del 2008 se celebró la comparecencia de medidas provisionales y en mayo la esposa denuncia a su marido en base a unas amenazas que éste le realiza con el agravante de ser poseedor sin licencia de armas de fuego.

Ya en el mes de junio, un juez dicta un Auto de medidas Provisionales en el cual se atribuye el uso de la vivienda familiar alternativamente a ambos cónyuges por períodos semestrales, al tiempo que condena al esposo a pagar el 100% del préstamo hipotecario de dicha vivienda.

  El mismo día en que se dictó el Auto y ante la denuncia interpuesta por la esposa en el mes de mayo, el propio Juzgado se inhibe a favor del juzgado de violencia sobre la mujer. El marido recurre en apelación esta inhibición, lo que conlleva que el procedimiento de divorcio se paralice, ya que ni el Juzgado nº 1 ni el Juzgado nº 8 quieren continuar con el procedimiento hasta que no se resuelva cuál de los dos es competente.

Desde el principio, el marido no abona el préstamo hipotecario al que ha sido condenado y así se le hace saber al juzgado, por lo que el Banco acreedor acuerda iniciar el correspondiente procedimiento.

A primeros de septiembre -nueve meses después de interponer la demanda-, se tenía que haber celebrado la vista del divorcio pero se suspende, dado que está sin resolver el Recurso de Apelación contra la inhibición de ese Juzgado.

Como según el Auto de Medidas provisionales la esposa y los niños debían haber abandonar el domicilio familiar el 4 de diciembre de 2008, al día siguiente, el 5 de diciembre el esposo interpone una demanda ejecutiva que se resuelve en doce días y acuerda el desalojo de la madre y los menores para el día 7 de enero.

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