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(Libertad Digital) La Sección Segunda de la Audiencia Nacional ha absuelto a José Antonio Ramón Teijelo por tener “dudas para encontrar el vínculo causal que pudiera relacionar al acusado con la acción de colocar un artefacto explosivo en la sede de la Cadena COPE” atribuido al grupo terrorista GRAPO.
Según el tribunal, Tejeilo no es el responsable penal de dicho acto terrorista “cualquiera que sea el escalón dentro del organigrama en el que se quiera integrar al procesado”.
Los hechos ocurrieron el 5 de agosto de 1998 cuando Jesús Merino del Viejo, miembro activo de la banda, se presentó en la sede de la COPE en Barcelona, accediendo al cuarto de baño en el que colocó un artefacto explosivo de un kilo. Una llamada telefónica advirtiendo de este hecho evitó que las quince personas que se encontraban en la emisora sufrieran daño alguno. Ahora, la Audiencia sentencia que “no contamos con elemento alguno de permita establecer una relación” entre Merino del Viejo, autor material y Teijelo. Por ello, el magistrado Ángel Luis Hurtado absuelve al procesado y pide que queden sin efecto cuantas medidas cautelares hayan sido adoptadas contra el mismo.
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