Noticia publicada el 07-07-2008
LD (Pedro de Tena) Los últimos puestos en cuanto al número de objeciones presentadas los ocupan el Principado de Asturias, con 530 escritos; País Vasco, con 435; Galicia, con 423; La Rioja, con 310; Extremadura, con 163; Cantabria, con 155; Islas Canarias, con 114; e Islas Baleares, con 82.
Recordemos que la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía ha rectificado hace diez días su decisión de suspender a los alumnos que no han asistido a las clases de Educación para la Ciudadanía por ser sus padres objetores de conciencia y ha mandado una nueva orden a los centros escolares en la que sustituye el darles una «evaluación negativa», como mandó hacer a principios de este mes de junio, por la de calificarlos como «no evaluado».
El diario ABC ha informado que esta decisión de la Junta ha sido calificada como de «muy positiva» tanto por el letrado Carlos Seco, que ha protagonizado el conflicto jurídico entre los padres objetores y la administración educativa, como por el secretario general en Andalucía de la Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE), Rafael Camaño. Esta orden sólo afecta sólo a los alumnos que ya han obtenido del TSJA la suspensión cautelar de la obligación de cursar EpC, pero no a los que aún esperan resolución.
El cambio de actitud de la Junta ha sido drástico ya que mientras que en la orden enviada por la Viceconsejería a los centros el 4 de junio decía textualmente que «no se estiman exenciones o procesos distintos de evaluación para determinadas materias». Además dice que «el alumnado cuyos padres han presentado objeción de conciencia y que no ha asistido a las sesiones de clase de la materia de Educación para la Ciudadanía durante el curso escolar tendrán una evaluación negativa de la misma, tal y como se procedería en cualquier otra materia en circunstancias similares».
Ya son varios los padres que están amparados por el TSJA que suspendió cautelarmente la obligación de los alumnos de acudir a clase por lo que el suspenso que tenía previsto darles la Junta iba en contra de esas decisiones judiciales.
En definitiva, Educación ha enviado una nueva orden a los centros, con fecha de 23 de junio, en la que textualmente dice que «se ha detectado un error material» y ordena sustituir la orden anterior por esta otra en la que dice: «En lo que respecta a la materia Educación para la Ciudadanía, impartida en el curso 3º de la Educación Secundaria Obligatoria, del alumnado cuyos padres o tutores ha presentado recursos ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con autos o cualquier resolución judicial en los que el tribunal acuerda suspender cautelarmente el acto impugnado, que consiste en la solicitud presentada en la Consejería de Educación del reconocimiento del derecho a la objeción de conciencia respecto a la aplicación de la citada asignatura, en estos casos, los centros docentes deben consignar en los correspondientes documentos de evaluación del alumnado la expresión «no evaluado» acompañada de una diligencia en la que conste que así resulta por aplicación del auto o resolución citada.
Sin embargo, el secretario general de CECE Andalucía informó este domingo a ABC de que están negociando con la Junta que se aplique a todos los hijos de objetores, puesto que es de esperar que el TSJA dicte resoluciones similares para todos los que han recurrido.