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Noticia publicada el 20-09-2007
LD (EFE) La sentencia de hoy se refiere a las ayudas aplicadas en las tres provincias vascas en 1993 y 1994, por las que las empresas creadas en esos años que cumpliesen determinados requisitos quedaban exentas del Impuesto sobre Sociedades durante diez ejercicios consecutivos.
La Comisión Europea llegó a la conclusión en 2001 de que ese régimen era "incompatible con el mercado común" y tenía un efecto perjudicial sobre la competencia, por lo que pidió a las autoridades españolas que suprimieran las ayudas y recuperaran las ya desembolsadas.
En 2005 y tras constatar que España no había tomado aún ninguna medida concreta para recuperar los fondos, el Ejecutivo de la Unión Europea recurrió ante la Justicia de la UE.
En su sentencia de este jueves, la corte da la razón a Bruselas y confirma que Madrid no ha presentado ningún documento que acredite la identidad de los beneficiarios de las ayudas, la cuantía y los procedimientos llevados a cabo para recuperarlas. Además, como es habitual en los fallos condenatorios, España tendrá que pagar las costas judiciales.
Esta sentencia contra España por las "vacaciones fiscales" vascas se suma a varias anteriores, la última de diciembre de 2006, en las que también se respaldó la decisión de Bruselas de considerar las ayudas ilegales y la obligación de recuperarlas.
La Comisión Europea llegó a la conclusión en 2001 de que ese régimen era "incompatible con el mercado común" y tenía un efecto perjudicial sobre la competencia, por lo que pidió a las autoridades españolas que suprimieran las ayudas y recuperaran las ya desembolsadas.
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Esta sentencia contra España por las "vacaciones fiscales" vascas se suma a varias anteriores, la última de diciembre de 2006, en las que también se respaldó la decisión de Bruselas de considerar las ayudas ilegales y la obligación de recuperarlas.
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