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Andalucía

¿Peligra la candidatura de Olona? La izquierda pide a la Junta Electoral que se anule

La coalición de izquierdas Andaluces Levantaos ha registrado en la Junta Electoral su recurso para que se anule la candidatura de Olona.

La coalición de izquierdas Andaluces Levantaos ha registrado en la Junta Electoral su recurso para que se anule la candidatura de Olona.
EFE

La izquierda andaluza ha concentrado en Vox todos sus ataques en las primeras semanas de precampaña para las elecciones del 19 de junio. En último es un recurso por parte de la coalición Andaluces Levantaos ante la Junta Electoral de Andalucía para que la candidatura de Macarena Olona sea anulada por un supuesto "empadronamiento ficticio" en la región para concurrir a los comicios.

La semana pasada la Cadena SER publicó que la candidata de Vox a la presidencia de la Junta de Andalucía se empadronó hace seis meses en la localidad granadina de Salobreña en la casa de Manuel Martín Montero, presidente de Vox en Granada. Esta revelación de la cadena de PRISA sirvió para que los candidatos de los distintos partidos de izquierda, que cuestionan continuamente que Olona al ser nacida fuera de Andalucía pueda presentarse a las elecciones, lo utilizaran contra la candidata de Vox. Ella contestó con un rotundo "¿Y?".

En la sesión de Control en el Congreso de los Diputados el ministro Félix Bolaños también ha sacado el tema del empadronamiento de Macarena Olona en Andalucía para ser candidata a la presidencia de la Junta. Ha señalado que la de Vox "es una candidata paracaidista que incumple la ley y que se jacta de ello. Es candidata de una tierra en la que no ha vivido nunca y en la que, probablemente, no vivirá nunca".

Recurso ante la JEA

El candidato de Andaluces Levantaos, uno de tantas coaliciones a la izquierda del PSOE que se presentan a las elecciones del 19J, Modesto González, ha presentado un recurso ante la Junta Electoral de Andalucía contra la candidatura de Macarena Olona por Granada. En escrito se denuncia un supuesto "incumplimiento del requiso de vecindad" en la región. Enmarca el recurso en "lo previsto en el artículo 24.2 de la Ley 1/1986 de 2 de enero" porque se han apreciado "irregularidades".

Ante este supuesto, Andaluces Levantaos pide a la JEA que "quede anulada por incumplimiento del requisito de vecindad en esta comunidad autónoma y por empadronamiento ficticio". Según Modesto González "en la denuncia queda patente" que Olona, "no ha sido nunca vecina de Andalucía, cuestión obligatoria para concurrir a las elecciones".

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El recurso de la coalición de izquierdas asegura que la inscripción en el censo electoral es "un trámite necesario pero no por ello suficiente", de forma que "el hecho de estar empadronado nos hace presumir, inicialmente, que estamos ante un vecino del municipio en cuestión, pero lo esencial no es el cumplimiento de la formalidad, sino la realidad material de que se está en el domicilio habitual de esa persona".

Modesto González ha llegado a definir el empadronamiento de Olona como "una ficción y un fraude de ley" por "inscribirse en el censo, pero no ser en realidad vecino o vecina". En el recurso se ha señalado también que en el artículo 15 de la Ley de Bases de Régimen Local, se determina que "quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año".

Por ese motivo, desde Andaluces Levantaos se refieren a otras resoluciones e instrucciones técnicas públicas que "refuerzan esta única idea de que el empadronamiento censal, para que sea normativo, debe realizarse en la vivienda habitual de la persona en cuestión". Desde esta coalición a la izquierda del PSOE de corte andalucista han considerado que "queda acreditado de forma clara que, cuando existen indicios que hagan dudar de alguno de los datos declarados por el ciudadano, habrá de ordenarse los actos de trámite necesarios para comprobar la veracidad de los datos".

"A la luz de lo que se ha hecho público recientemente por la práctica totalidad de los medios de comunicación, la señora Olona habría cumplido el requisito formal de solicitar la inscripción en el censo de Salobreña al no cumplir el requisito material de vivir habitualmente en el citado municipio", indica el recurso. En este sentido, desde Andaluces Levantaos destacan que "ese dato no lo proporciona cualquiera, sino que lo hace justamente la persona que le había cedido la mitad de su vivienda -la parte superior de una casa, según ha asegurado él mismo-, Manuel Martín--, al afirmar que estaría mintiendo si dijera que la señora Olona visita regularmente la vivienda".

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