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Recurren la condena al guardia civil que vendió datos de Tráfico a su excuñado

La defensa alega que no hay pruebas del supuesto cohecho y argumenta que la información facilitada no tiene un carácter estrictamente reservado.

La defensa alega que no hay pruebas del supuesto cohecho y argumenta que la información facilitada no tiene un carácter estrictamente reservado.
La Guardia Civil recupera 150.000 euros de una estafa amorosa iniciada a través de una aplicación. | Guardia Civil

Las defensas del agente de la Guardia Civil condenado a cuatro años de prisión por relevación de secretos y cohecho, por facilitar a cambio de dinero datos de Tráfico a su excuñado, condenado a su vez a tres años de cárcel por ese segundo delito, recurren la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

El abogado del ciudadano condenado, Rafael Gutiérrez, basa su apelación en la ausencia de prueba directa de que existiera la supuesta dádiva o compensación económica a cambio de la información. Esgrime, además, que los datos de Tráfico facilitados pueden ser obtenidos por cualquier tercero con un interés legítimo a través de cauces administrativos legales. Es por ello por lo que sostiene el letrado que carecen de un carácter "estrictamente reservado o secreto penalmente relevante".

Buscan la nulidad del veredicto

En esta línea, tanto este abogado como el del guardia civil buscan la nulidad del veredicto emitido en su día por el jurado popular y, por ende, de la propia sentencia.

Argumentan que los miembros del jurado no fundamentaron adecuadamente el motivo por el cual descartaron la existencia de una deuda económica previa entre ambos acusados. A su juicio, el tribunal se limitó a dar por sentados una serie de "hechos sin justificar" sin detenerse a analizar la verdadera naturaleza de la relación entre los implicados en la trama.

El relato de hechos probados, que sirvió para condenar a ambos, subrayaba la amistad de largo recorrido que les unía, potenciada por el hecho de que el ciudadano fue cuñado del funcionario hasta el año 2005. Según determinó el jurado, el expariente, que realizaba labores para una agencia de investigación privada en 2023, aprovechó esa gran cercanía para solicitar datos específicos sobre distintos vehículos, tales como la identidad de los titulares, sus domicilios, el estado del seguro o si habían superado la ITV.

Accedió a bases de datos restringidos

A pesar de las prohibiciones legales y de su estricto deber de confidencialidad, el guardia civil accedió a las bases de datos restringidas del cuerpo para atender las peticiones de su antiguo cuñado. Por ello la Audiencia Provincial fue sumamente contundente en su fallo, llegando a calificar esta connivencia entre ambos como la "máxima expresión de comportamiento corrupto" al subvertir el propósito de las herramientas públicas para ponerlas enteramente al servicio de intereses privados y mercantilistas.

El juez desmotó las defensas

Por su parte, el magistrado encargado de dictar la resolución condenatoria desestimó de plano los argumentos de las defensas durante el juicio.

En su escrito subrayó que, bajo ningún concepto, se puede equiparar el acceso restringido policial de una base de datos de seguridad con la obtención de información pública previo pago de tasas administrativas.

De esta forma, reafirmó la enorme gravedad de la conducta del agente al haber quebrado de forma flagrante la confianza depositada en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

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