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José Antonio Baonza Díaz

Secretos de familia

Saiz tiene todavía que aclarar si ha aprovechado su cargo para costearse gastos particulares y favorecer a familiares y amigos. Escudarse en la genérica clasificación como "secretas" constituye una fraude de ley.

La comparecencia a puerta cerrada del director del Centro Nacional de Inteligencia ante la Comisión de control de gastos reservados –antes de secretos oficiales– del Congreso de los Diputados para dar "explicaciones" sobre las graves imputaciones que pesan contra él, no despejó las numerosas sospechas que se ciernen sobre su gestión al frente del servicio secreto.

A esta impresión contribuyó el hecho de que los supuestos mecanismos de control parlamentario parecieran, más bien, la escenificación de una treta. Si las irregularidades, filtradas sucesivamente a la prensa, tienen visos de veracidad –lo cual parece evidente, incluso después de unas primeras manifestaciones ante la comisión de defensa– tendría que haberse convocado otra vez al interesado a una comisión pública.

El señor Saiz tiene todavía que aclarar si ha aprovechado su cargo para costearse gastos particulares y favorecer a familiares y amigos, a cuenta de los presupuestos públicos que maneja. Escudarse en la genérica clasificación como "secretas" de las informaciones relativas al CNI (art. 5 Ley 11/2002) y la utilización de sus gastos reservados (art. 3 Ley 11/1995) para eludir un interrogatorio sobre un uso desviado ante una comisión pública, constituye una fraude de ley. Pese a sus denodados esfuerzos, cualquiera que sea su significado, nunca conseguirá el Gobierno del PSOE identificar su propia estabilidad con la seguridad y defensa del Estado.

Dentro del ambiente de eterno retorno que va impregnando la actualidad, recuerda a los argumentos circulares de Rafael Vera y compañía cuando afrontaban cargos por malversación de fondos públicos: Al ser reservados no podía darse detalles de su destino. Si a esa circunstancia se añade que los miembros de la Comisión no dispusieron, al tiempo que le formulaban preguntas, de los documentos que el director del CNI dijo haber aportado, cabe hacerse una idea del tipo de patraña que se representó en el Congreso.

Ahora bien, la gravedad de los hechos anteriores palidecería si se confirmara que, en efecto, el CNI ha mantenido contratada a la hija de uno de los dos magistrados del Tribunal Supremo designados por el Consejo General del Poder Judicial para controlar algunas de sus actividades. Según la Ley de control judicial previo del CNI, ese magistrado es el único competente para autorizar a los espías españoles la irrupción en domicilios particulares y la intervención de todo tipo de comunicaciones, previa solicitud motivada de su director.

Aun siendo imperfectas, la Constitución y las leyes procesales no dejan resquicio alguno al disimulo. Tendríamos sendas obligaciones simétricas por parte del magistrado (y su sustituto) que ocupa durante cinco años ese puesto singular y el director del CNI. No es que el magistrado no pueda tener a una hija que trabaje (su caso es más delicado si cabe que el de Chaves) sino que, para estar por encima de toda sospecha, debería hacer esfuerzos ímprobos para que ningún familiar o persona cercana se sienta tentada a buscar trabajo a cuenta del servicio secreto. ¿Disiparía realmente las sospechas que esa persona allegada superase un riguroso concurso de méritos en la agencia del espionaje? Lo dudo.

De igual modo, cualquier director del CNI debería mostrar una prudencia extraordinaria para que no se entienda que su actuación va dirigida a condicionar al magistrado a quien debe solicitar autorizaciones para actos que, ayunos del aval judicial, constituirían graves delitos de allanamiento de morada o de violación del secreto de las comunicaciones.

Por otro lado, la línea de defensa del Gobierno tendría serias dificultades de mantenerse a flote, incluso si suelta el lastre de un director del CNI quemado. Previsiblemente, el Ejecutivo aducirá un total desconocimiento de los abusos cometidos por parte de este secretario de Estado, bajo la dependencia de la ministra de Defensa. Desde una perspectiva política resultaría muy benevolente creérselo, pero, ya se sabe, la opacidad de esos fondos (buscada por la ley aprobada en los tiempos de González Márquez) los hace proclives a la malversación por parte de una persona que traiciona la confianza depositada en ella, y replicaría el formulario de respuestas de los turiferarios.

Más dudas suscitaría la explicación de que el director del CNI actuaba por libre en el caso de confirmarse la contratación de la hija del magistrado. ¿Se habrían perfeccionado las "escuchas aleatorias" del gabinete de Manglano?

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