La Junta de Castilla y León ha aprobado este jueves el anteproyecto de Ley contra la Violencia de Género con el fin de llegar a "nuevas formas de violencia", según ha explicado la vicepresidenta de la Junta y consejera de Familia, Isabel Blanco, que ha detallado las claves de esta reforma "pionera".
La norma sustituirá, si supera el trámite parlamentario, a la actual ley que data de 2010 y cuyo objetivo es "proteger a las mujeres víctimas de violencia de género, a su familias, a su entorno y con más servicios".
En la rueda de prensa posterior al que fue el primer Consejo de Gobierno del año la consejera ha destacado que en su elaboración han participado los agentes económicos y sociales, 78 organizaciones y más de 100 profesionales. Se trata, ha dicho, de una norma "flexible" con tipificación de nuevas "violencias " y que da pie a introducir las que puedan surgir en un futuro. Entre ellas, ha citado, la violencia vicaria, la digital, la tecnológica o la de segundo orden.
"Se trata de una ley moderna con el objetivo principal proteger, ayudar, prevenir y sensibilizar", ha defendido Blanco Llamas, quien ha argumentado que para la aprobación del texto se ha esperado a contar con toda la normativa marco tanto estatal como europea para evitar modificaciones posteriores.
La consejera ha insistido en la voluntad de pacto de la Junta en el arco parlamentario, en referencia a la Proposición de Ley que el PSOE ha presentado también en torno a este asunto. "Para este gobierno la lucha contra violencia machista es algo que tiene que ser fruto del acuerdo de todos, incluida toda la sociedad. Deseamos que este Proyecto de Ley tenga el máximo consenso", ha manifestado. Así, la consejera ha confiado en que el texto que ahora se remite a las Cortes pueda ver la luz con el máximo de apoyos posible, al tiempo que ha informado de que el Ejecutivo aún no ha recibido la Proposición de Ley del Grupo Socialista para su calificación.
El anteproyecto, como ha explicado la consejera, incide en la prevención, detección y evaluación como herramientas fundamentales para avanzar en la lucha contra la violencia contra la mujer y modifica los modelos de atención a las víctimas, al pasar de un enfoque exclusivamente asistencialista a otro más avanzando que incluye "el apoyo en los procesos para la recuperación de su autonomía personal y la restitución de sus derechos vulnerados". "Se amplía la protección a más personas", ha defendido.
De este modo, se incluyen en esta denominación las amenazas, la coacción o la privación arbitraria de la libertad -tanto si se produce en la vida pública, como en la privada-, comprendiendo las distintas formas de violencia física, psicológica, sexual y económica que tienen lugar en los ámbitos de la pareja, familiar, laboral y sociocomunitario.
El ámbito de aplicación de la norma se extiende a niñas y adolescentes en situación de violencia, a los menores que se encuentren bajo su patria potestad o guarda y custodia, así como a los familiares por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive que convivan con ella. La norma ampara también a las mujeres de la región retornadas que hayan sido víctimas de violencia de género en otro país.
El anteproyecto tipifica nuevas formas de violencia. Entre ellas, destaca la 'violencia digital', entendida como la que se ejerce utilizando las tecnologías de la información y las redes sociales, donde se enmarcan actitudes como el ciberacoso, las ciberamenazas, la ciberdifamación, la pornografía no consentida, los insultos y el acoso por motivos de género, la extorsión sexual, el control o espionaje a través del móvil y cualquier herramienta digital (redes sociales, webs, foros, correo electrónico, aplicaciones de mensajería instantánea), la difusión de datos personales o documentos íntimos en la red, la coacción para obligar a la víctima a facilitar claves personales, la usurpación de su identidad en línea y las amenazas de violación y de muerte.
Otra de las modalidades introducidas en el texto legislativo es la 'violencia vicaria', entendida como la que se ejerce contra hijos o allegados de la mujer. La tercera tipología nueva es la llamada 'violencia de segundo orden', que incluye los actos de violencia física o psicológica, represalias, humillaciones y persecuciones ejercidas sobre las personas que apoyan a las víctimas, así como las acciones que impidan la prevención, detección, atención y recuperación de las víctimas.
Además, se prevé como un tipo de violencia diferenciada del tráfico y la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual la propia explotación sexual de mujeres y niñas para la obtención de beneficios de cualquier tipo mediante la utilización de violencia, intimidación, engaño o abuso de una situación de superioridad o de vulnerabilidad de la víctima en el ejercicio de la prostitución, la servidumbre sexual u otros tipos de actividades con fines sexuales, incluidos actos pornográficos o la producción de material pornográfico.
Por otro lado, incorpora el concepto de violencia contra la salud sexual y reproductiva de las mujeres, que incluye las actuaciones como la mutilación genital, el matrimonio forzoso, la esterilización forzada y el aborto forzoso que restrinjan el libre ejercicio de estos derechos.